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Caso Matías Puca: el Tribunal 2 dio a conocer sus fundamentos

Desde el Poder Judicial se brindó un detallado informe sobre lo resuelto.

Jueves, 03 de diciembre de 2020 01:02

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 informó que el día 26 de noviembre se pronunció en el trámite del Expediente caratulado "Cruz, Ricardo Martín por la supuesta autoría de ‘homicidio simple’,correspondiente a la investigación de la muerte del joven Matías Puca".

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El Tribunal en lo Criminal Nº 2 informó que el día 26 de noviembre se pronunció en el trámite del Expediente caratulado "Cruz, Ricardo Martín por la supuesta autoría de ‘homicidio simple’,correspondiente a la investigación de la muerte del joven Matías Puca".

Los jueces Luís Ernesto Kamada, Claudia Cecilia Sadir y Lucas Grenni (habilitado), declararon la nulidad del requerimiento fiscal, ordenando devolver las actuaciones al Ministerio Público de la Acusación, para que se subsanen las deficiencias encontradas y una vez cumplido, se eleve nuevamente las actuaciones para celebrar el juicio.

Además, el Tribunal dispuso que Ricardo Martín Cruz continúe el proceso en libertad, porque lleva más de dos años privado de ella y porque los defectos encontrados no obedecen a su actividad procesal.

La libertad le fue concedida bajo caución juratoria y sometido a las estrictas reglas de conducta que se le fijaron hasta que la Fiscalía cumplimente el saneamiento del proceso.

Para decidir de ésta manera el Tribunal en lo Criminal Nº 2 consideró que: la Fiscalía produjo actos posteriores a la emisión del primer requerimiento de citación a juicio por la comisión del delito, con exceso de su competencia.

También consideró que la Fiscalía recibió una ampliación de declaración defensiva del acusado Cruz, luego de ya haber emitido un primer requerimiento acusatorio.

A pesar de haber ofrecido el acusado Cruz (en la nueva declaración) nuevos testimonios, no fueron llamados para ser oídos.

Requerimiento de nulidad absoluta

En el mismo parte emitido por el Poder Judicial, el Tribunal consideró que la Fiscalía no dio trámite a una oposición (insistida en dos oportunidades) formulada por la defensa de Cruz al requerimiento fiscal, solicitando el llamamiento de los nuevos testigos mencionados y una modificación en la tipificación de la imputación Sin expresión de fundamentos, la Fiscalía emitió un nuevo requerimiento, también en exceso de su competencia, modificando su acusación anterior e incluyendo, junto al delito de homicidio simple, el de homicidio culposo, como imputación alternativa.

Fue así que el Tribunal valoró que el segundo requerimiento acusatorio es nulo, de nulidad absoluta, por las siguientes razones: Por haber dispuesto la Fiscalía actos procesales fuera de la competencia que le marca el Código Procesal Penal respecto de la Investigación Penal Preparatoria, clausurada al haber dictado el primer requerimiento. Por no haber cumplido la Fiscalía el trámite correspondiente a la oposición formulada por la defensa del acusado Cruz, declarándolo temporáneo o extemporáneo y, en su caso, elevándolo al Juez de Control para que lo resuelva.

Por no haber fundado el cambio de criterio que justifique la nueva acusación al imputado y sin haber recibido nuevos elementos de convicción. Por haber ampliado su acusación inicial, describiendo un hecho diferente y solicitando la aplicación de un tipo penal distinto al imputado desde el inicio de la investigación, del que Cruz no pudo defenderse a lo largo de la etapa previa. El texto completo de la sentencia se envía adjunto a la presente información; así también se encuentra publicada en la página del Poder Judicial en Internet www.justiciajujuy.gov.ar.