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El Gobierno otorgó un plus para los trabajadores de la salud: quiénes podrán cobrarlo

Es uno de los sectores clave en la lucha contra el coronavirus. El beneficio es para los meses de abril, mayo, junio y julio y será de $5000. Se espera una medida similar para los efectivos de seguridad

Viernes, 27 de marzo de 2020 09:11

Al final, el plus salarial para los empleados del sector de la salud que el Gobierno otorgará por la crisis desatada en torno al avance del coronavirus en el país será de $5.000 para los meses de abril, mayo, junio y julio. La decisión se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 315/2020.

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Al final, el plus salarial para los empleados del sector de la salud que el Gobierno otorgará por la crisis desatada en torno al avance del coronavirus en el país será de $5.000 para los meses de abril, mayo, junio y julio. La decisión se hizo efectiva a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 315/2020.

El bono beneficia a uno de los principales sectores que quedaron exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio que estableció el presidente Alberto Fernández hasta el próximo 31 de marzo, en principio. Se prevé que una iniciativa similar se aplique para los efectivos de seguridad, aunque por el momento no se oficializó.

Según la norma publicada este viernes, el pago será para los “profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19”.

De acuerdo con lo que se especificó en el Decreto, esta “asignación estímulo” será de 5 mil pesos, tendrá “carácter no remunerativo”, se agregará a los sueldos correspondientes a los meses de abril, mayo, junio y julio y “estará a cargo del Estado Nacional”.

Además, en el texto se aclaró que “el pago estará sujeto a la efectiva prestación de servicios”, por lo que si durante el período establecido, el empleado no asistió a su lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar “se ajustará proporcionalmente” al tiempo que estuvo en actividad, “con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa”. Un ejemplo de este último punto es el de los médicos que deben aislarse forzosamente por presentar síntomas luego de estar en contacto con un infectado.

Por otra parte, la norma también detalló que los profesionales de este rubro que tengan más de un trabajo por el que pudieran acceder al beneficio, el mismo será otorgado solamente por uno de sus empleos, mientras que aquellos que se desempeñen “en tareas discontinuas o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida legal o convencional, el incentivo extraordinario resultante será proporcional a la jornada cumplida”.

El pago de este beneficio se realizará “identificando a los trabajadores y trabajadoras por número de CUIL, conforme las declaraciones juradas de cada representante legal”, para esto, las instituciones de salud pública y privada de todo el país “deberán confeccionar un listado” del personal a su disposición que cumpla con las condiciones previstas en este Decreto, “indicando el monto en cada caso que les corresponde percibir”. Estas datos podrán ser luego verificados por la AFIP.