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Prórroga de vencimiento y suspensión de plazos

La resolución comprende el período hasta el 26 de este mes, por la fase 1.

Martes, 23 de junio de 2020 01:00

En el marco de la actual situación de emergencia sanitaria y fase 1 la Dirección Provincial de Rentas emitió la Resolución General 1.568.

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En el marco de la actual situación de emergencia sanitaria y fase 1 la Dirección Provincial de Rentas emitió la Resolución General 1.568.

En el Impuesto sobre los Ingresos Brutos dispone considerar en término la presentación (Sideju Web y DIU) y pago de declaraciones juradas referidas al 5º anticipo período 2020, de los contribuyentes del Régimen General local (Siti y SIR) hasta el 26 de este mes.

En relación al Impuesto de Sellos, se suspenden los plazos que estuvieren corriendo para abonarlo, cuyo vencimiento operaba desde el 17 al 26 del corriente inclusive. También se suspende el curso de intereses resarcitorios y de las multas dispuestas por el artículo 55 del Código Fiscal, en aquellos instrumentos cuyo vencimiento operaba con anterioridad al 17 de junio, hasta el 26.

Se aclara que lo dispuesto es aplicable para las liquidaciones y pagos del Impuesto de Sellos que se debían concretar en forma presencial en las oficinas de Rentas. Quedan excluidas las que competen a los agentes de retención, percepción y recaudación de Sellos, así como otro tipo de liquidación y pago que puedan realizarse en forma electrónica a través del sitio www.rentasjujuy.gob.ar.

La resolución también hace referencia a los plazos para cumplir con requerimientos efectuados, presentar descargos y/o contestar vistas en los procesos de determinación de oficio con vencimientos hasta el 26 de este mes, los que quedan suspendidos hasta que se reanude la operatividad. Más información en www. rentasjujuy.gob.ar.