El Poder Ejecutivo Provincial hizo público el Decreto N° 1149 mediante el cual se dispone que toda persona que introduzca hojas de coca en todo el territorio de la Provincia de Jujuy durante la emergencia sanitaria y epidemiológica vigente, será pasible de multas que van desde los 40 mil hasta el millón de pesos, más accesorias de arresto, inhabilitación, clausura, y/o comiso.
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El Poder Ejecutivo Provincial hizo público el Decreto N° 1149 mediante el cual se dispone que toda persona que introduzca hojas de coca en todo el territorio de la Provincia de Jujuy durante la emergencia sanitaria y epidemiológica vigente, será pasible de multas que van desde los 40 mil hasta el millón de pesos, más accesorias de arresto, inhabilitación, clausura, y/o comiso.
El nuevo reglamento se incorpora como inciso m) del artículo 2º del Decreto Acuerdo Nº741-G-2020.
El Estado Provincial entre los considerandos de la medida sostiene que la gravedad de propagación y peligro son mayores cuando se trata de supuestos dolosos como el caso específico de la introducción de hojas de coca, pues, aunque el consumo personal no aparezca descripto y reprimido por tipos penales se provoca movimiento de personas involucradas que en la práctica reportan peligro flagrante con riesgo de eclosión de sistema de salud exponiendo a niveles de mortalidad que deben prevenirse y evitarse.