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La recaudación provincial es 7,1% menos de lo proyectado

Abril registró la cifra más baja de los últimos doce meses, mientras que en mayo la situación mejoró levemente.
Martes, 14 de julio de 2020 01:01

Debido a la emergencia sanitaria, el fisco provincial sufrió una baja en la recaudación. El mes de abril registró la cifra más baja de los últimos doce meses, mientras que en mayo la situación mejoró levemente igual se registró una baja del 7,1% respecto al monto proyectado para dicho mes.

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Debido a la emergencia sanitaria, el fisco provincial sufrió una baja en la recaudación. El mes de abril registró la cifra más baja de los últimos doce meses, mientras que en mayo la situación mejoró levemente igual se registró una baja del 7,1% respecto al monto proyectado para dicho mes.

Es posible que la leve mejora en la recaudación de mayo respecto al mes anterior esté relacionada con la amplia modalidad y diferentes facilidades de pago que la Dirección de Rentas de la Provincia impulsó.

El director de Rentas de Jujuy, Esteban Rodríguez, en diálogo con El Tribuno de Jujuy indicó que las facilidades de pago que se están implementado desde el inicio de la pandemia sumado a la posibilidad de hacer la mayor cantidad de gestiones de forma online fueron pensadas como una ayuda a los contribuyentes que en tiempo de recesión económica y cuarentena se les hace difícil cumplir con sus obligaciones tributarias.

Según las cifras proporcionadas por el organismo provincial la recaudación de mayo tuvo una leve mejora respecto a abril, ya que en mayo la recaudación fue cerca de $ 568 millones, mientras que en abril fue de aproximadamente 444 millones de pesos, siendo esa la recaudación más baja del último año.

Mayo del año en curso ascendió a $ 567.637.856,42 que representa un crecimiento interanual del 11,52%. Lo recaudado, a su vez se divide en conceptos "Tributarios" que suman $ 509.637.196,85 y en otros recursos o "No Tributarios" por un monto de $ 58.000.659,57, ambos conceptos tienen una participación, sobre la recaudación mensual del 89,78% y 10,22% respectivamente.

En cuanto a la participación por impuestos, por Ingresos Brutos se recaudó $ 443 millones que representa el 78,04%. En tanto que Sellos recaudó $ 45 millones que representan un 8,09%, Inmobiliario recaudó $ 20 millones que representa un 3,64%.

Ese mes el impuesto que más cayó fue el impuesto de Sellos que tuvo una caída del 9,40%, mientras que los no tributarios subió un 40,88%.

Si bien mayo mostró una leve mejoría en la recaudación, no fue la esperada, ya que hay una baja del 7,1% de lo proyectado, para visualizar esta situación es necesario comparar lo proyectado con lo recaudado por cada impuesto.

Esteban Rodríguez indicó que en la actualidad está vigente una moratoria provincial aprobada por la Ley 6.146 que permite a los contribuyentes que tengan deudas en los diferentes tributos pagar hasta en 60 cuotas y pueden tener quitas de hasta el 80%.

La moratoria bajo la Ley 6.146 y reglamentada por Resolución General 1.547/19 permite realizar una financiación de hasta 60 cuotas para las deudas vencidas al 30 de marzo del 2020, de los impuestos provinciales de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, posibilitando la reducción de intereses resarcitorios y punitorios que llegan hasta el 80% para cancelaciones en un solo pago.

Además la normativa contempla también la posibilidad de incluir en el plan las multas y deudas en proceso de fiscalización y determinación de oficio, en discusión administrativa o judicial en cualquiera de sus instancias, las originadas en planes de pago vigente o caducos, las multas y las deudas en trámite de ejecución fiscal.

Considerando la coyuntura económica actual, la nueva medida establece beneficios especiales para posibilitar regularizar deudas, como es el caso de las micro y pequeñas empresas, del régimen local y de Convenio Multilateral jurisdicción sede 910, con interesantes beneficios como el diferimiento de cuotas, anticipos optativos o menores tasas de financiación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Sellos.

En el mismo sentido, se incluye a la franja de empleados públicos, los que cuentan con una opción especial para regularizar el Impuesto Inmobiliario con una reducción del 100% de los intereses resarcitorios, y hasta en 48 cuotas con débito automático, siempre que se adhiera a esa modalidad por los próximos períodos fiscales. El trámite puede formalizarse presencialmente en casa central, Lavalle 55 en capital, y en las delegaciones del interior, o directamente a través de la página web del organismo, www.rentasjujuy.gob.ar utilizando el servicio "Clave Fiscal Rentas".

Para mayor información, los interesados pueden consultar en el sitio web citado previamente o personalmente en las oficinas de la Dirección Provincial de Rentas, Administración Central o delegaciones del interior en su horario de atención.

Sector turístico, beneficios

Los primeros días de julio se lanzó la Ley de "Emergencia Turística en la Provincia de Jujuy" que incluye facilidades de pago de los impuestos para ese sector.

La ley sancionada por la Legislatura declaró la Emergencia del Sector Turístico en todo el territorio provincial, por el plazo de ciento ochenta días, prorrogable en caso de que se mantenga la emergencia epidemiológica mediante decreto del Poder Ejecutivo provincial.

La norma beneficiará a las personas humanas y jurídicas que encuadren en las categorías de micro, pequeñas y medianas empresas, que desarrollen en el territorio de la provincia actividades turísticas relacionadas a servicios de transporte, hoteles, establecimientos gastronómicos, agencias de viajes y guías de turismo.

Los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos para gozar de los beneficios de prórroga del pago y exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos otorgados por Ley 6.177, deberán presentar un pedido expreso donde indiquen el beneficio solicitado.