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Moratoria para todos en impuestos provinciales

Son por deudas vigentes al 31 de julio último. El plan de regularización se extenderá hasta el 31 de octubre próximo.

Sabado, 05 de septiembre de 2020 01:00

El Gobierno provincial emitió el Decreto 1515/20, disponiendo un nuevo régimen especial para que los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones tributarias provinciales en el marco de la emergencia sanitaria y como forma de aliviar los perjuicios causados por la pandemia de coronavirus.

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El Gobierno provincial emitió el Decreto 1515/20, disponiendo un nuevo régimen especial para que los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones tributarias provinciales en el marco de la emergencia sanitaria y como forma de aliviar los perjuicios causados por la pandemia de coronavirus.

La vigencia del nuevo plan rige para regularizar las deudas que se mantengan al 31 de julio último, derivadas de los impuestos provinciales como Ingresos Brutos, Inmobiliario, Sellos y Tasas Retributivas de Servicios, incluidos intereses y multas y hasta el 31 de octubre próximo. Para establecer las condiciones del nuevo régimen se emitió la Resolución General Nº 1.573/20.

Las autoridades de la Dirección Provincial de Rentas pusieron de relieve en que "todos los planes cuentan con la reducción de intereses y condonación de sanciones. Asimismo, el interés de financiación se encuentra, en todos los casos, por debajo de la tasa de interés del mercado. Por otro lado, y dadas las condiciones sanitarias vigentes, los interesados pueden tramitar su adhesión y pagar en forma virtual (débito y crédito en línea e interbanking), a través de la página web del organismo: www.rentasjujuy. gob.ar".

Para aquellos casos puntuales en que el contribuyente quiera abonar en cajas del organismo o el trámite deba concretarse en forma presencial (Sellos y caducidad de planes anteriores), deberá gestionar un turno en el mencionado sitio web.

Los funcionarios de Rentas también señalaron que "las pequeñas y medianas empresas podrán acceder a un plan especial, para Ingresos Brutos y Sellos, que consiste en una deducción adicional de un 5% en cada tramo de los intereses resarcitorios, y una reducción de la tasa de interés de financiación del orden del 0,25%".

Por mayor información, los interesados pueden visitar el sitio web del organismo, o también escribir a las direcciones de correo electrónico oficiales, donde se pueden realizar consultas puntuales según sea el trámite u operatoria a realizar.

Cabe señalar que hace más de un mes que la Dirección Provincial de Rentas atiende a los contribuyentes en su horario habitual, pero con turno previo otorgado desde la página web del organismo. El comprobante que otorga la misma debe ser presentado el día de atención otorgado.