"No se discute la protesta social, sino las contravenciones que se cometen en ese marco", señaló el juez contravencional 1, José Matías Ustárez Carrillo, al referirse a la decisión del Superior Tribunal de Justicia de ratificar el fallo condenatorio a personas que ocasionaron incidentes por el cierre de los centros Ceija, en el ingreso principal a Casa de Gobierno.
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"No se discute la protesta social, sino las contravenciones que se cometen en ese marco", señaló el juez contravencional 1, José Matías Ustárez Carrillo, al referirse a la decisión del Superior Tribunal de Justicia de ratificar el fallo condenatorio a personas que ocasionaron incidentes por el cierre de los centros Ceija, en el ingreso principal a Casa de Gobierno.
Tras puntualizar que " la protesta es un derecho constitucional, indiscutible y garantizado", advirtió que el fallo del STJ "sienta el criterio de que los derechos constitucionales no son absolutos, sino que deben ceder, asegurando en este caso el derecho a transitar y participar de una protesta social".
Expresó que "corresponde sanción a quienes permanezcan en espacios públicos, alterando el orden, limitando la circulación, causando temor en la población o afectando de cualquier manera los derechos de los demás".
Recordó que en oportunidad del reclamo por los Ceija en 2018, "se instalaron gazebos y colocaron carteles en el ingreso a la Casa de Gobierno, con la consecuente obstaculización del acceso al edificio público".
Indicó que "tras un proceso largo, en el que se recibieron muchas testimoniales y se garantizó la defensa, en el caso de esa protesta se dictó sentencia condenatoria con posteriores instancias de recursos, entre ellos uno de inconstitucionalidad que llegó a la órbita del STJ que ratificó el fallo condenatorio inicial de la Justicia Contravencional".
"Se convalidó así la constitucionalidad de nuestro Código Contravencional que fuera discutido y cuestionado por parte de la defensa", puntualizó y destacó que "este es el valor jurídico que tiene para Jujuy este proceso".