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Creen que la Ley de Etiquetado será positivo

Nutricionista dijo que podría prevenir obesidad. Centro de Azucareros planteó cambio de perfil de nutrientes.
Jueves, 28 de octubre de 2021 01:04

Con la aprobación de la Ley de Etiquetado Frontal, el nutricionista Jorge Iván Martínez destacó que tendrá un impacto positivo en la provincia por la prevalencia de obesidad y sobrepeso en adultos y niños. En tanto el Centro Argentino de Azucareros dijo que apoya la ley pero no se armonizó con la normativa del Mercosur, y cree que se debe cambiar el perfil de nutrientes ya que se usó el de la OPS, advirtiendo que no se incluyeron bebidas alcohólicas, harinas ni edulcorantes.

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Con la aprobación de la Ley de Etiquetado Frontal, el nutricionista Jorge Iván Martínez destacó que tendrá un impacto positivo en la provincia por la prevalencia de obesidad y sobrepeso en adultos y niños. En tanto el Centro Argentino de Azucareros dijo que apoya la ley pero no se armonizó con la normativa del Mercosur, y cree que se debe cambiar el perfil de nutrientes ya que se usó el de la OPS, advirtiendo que no se incluyeron bebidas alcohólicas, harinas ni edulcorantes.

La norma prevé la incorporación en los envases de los productos ultraprocesados de los octógonos negros con letras blancas para advertir "exceso en azúcares, en sodio, grasas saturadas, grasas totales y en calorías". Los procesados y ultraprocesados son salchichas, alfajores, galletas, puflitos, papas fritas, yogures, jugos en caja con azúcar agregado y conservados, entre otros.

"La Ley de Etiquetado para nuestra provincia y la región resulta muy importante debido a la prevalencia de obesidad y sobrepeso tanto en la población adulta como en la población infantil en los últimos 15 años. Lo que pretende esta ley es facilitar al consumidor el acceso a información clara, concisa, rápida, para elegir alimentos saludables", indicó Martínez, licenciado en Nutrición y doctor en Ciencias Sociales.

Explicó que la forma de "advertencia" con octógonos negros está comprobada científicamente que es la más viable y dio buenos resultados en Chile, México, Uruguay y Colombia. Dijo que el sistema lo ideó Chile y fue mejorado, se usaba la palabra "alto" que podría tener una connotación positiva y para la ley argentina se optó por usar "exceso" que no se presta a confusión.

Planteó que el sistema de perfil de nutrientes de la OPS que se está usando en la ley argentina incluirá alimentos procesados y ultraprocesados, pero lo que se descartó es que sean alcanzados por la norma el café, té, alimentos culinarios, los mínimamente procesados y sin procesar, y los preparados para la venta al por menor.

Martínez, quien también es becario posdoctoral del Conicet y profesor de Política y Legislación Alimentaria de la carrera Licenciatura en Nutrición de la Universidad Católica de Santiago del Estero en Jujuy, explicó que para el objetivo no alcanzaría con la ley y el sello. "Es necesario además otro tipo de políticas, educación alimentaria y nutricional, repensar los programas alimentarios para que se utilicen para comprar alimentos saludables, y también qué rol tiene la actividad física en los individuos", explicó.

Precisó que la experiencia del rotulado en Chile significó que la industria se reconvirtiera, de modo que muchas empresas lo tomaron como estrategia de marketing y reformularon sus productos para evitar tener los sellos, y con ello aumentaron sus ventas. En el caso de Uruguay, antes de implementar esta ley hizo una gran cantidad de estudios, publicados en revistas científicas internacionales, "demostrando que el octógono negro era el sistema más sensible y de fácil reconocimiento a la hora de presentar un sistema de perfilado nutricional", afirmó el también integrante del Colegio de Nutricionistas de Jujuy.

Dijo que el octógono negro no es el único método, uno de ellos es el semáforo que indica alto contenido en grasas, o mediano en calorías, pero consideró confuso para el consumidor. Es que si fuera el rojo exceso de grasas o de calorías, podría llegar a ser poco saludable si se lo consume frecuentemente.

Recordó que en el debate se habló mucho de marketing y de la libertad de las industrias de hacer publicidad, ya que el 80% de los niños eligen alimentos basados en publicidad. Es por ello que la ley cuenta con regulación de la publicidad, y si el alimento tiene sello no podrá ser parte de las compras del Estado, no puede ser comercializado en instituciones escolares ni de universidad.

Además, no podrá llevar dibujitos famosos, ni llevar premio o recompensa; y no se podrá hacer publicidad de ese alimento, que entiende evitará la "manipulación" a la población de niños. La ley también prevé que los personajes famosos, incluso influencers, no podrán hacer publicidades en productos con octógonos, sino serían sancionados.

“Debía ser cambiado el perfil de nutrientes”

Desde la industria, el presidente del Centro Azucarero Argentino (CAA), Jorge Feijóo, planteó que apoyaron la ley pero hicieron algunas observaciones que no fueron contempladas: la armonización con las normativas del Mercosur, el cambio en el perfil de nutrientes y la omisión de algunos productos.

“Desde el Centro Azucarero Argentino hemos participado de las sesiones tanto del Senado como la Cámara de Diputados, y hemos expresado nuestro apoyo a un sistema de etiquetado frontal, destinado a invitar a luchar contra las enfermedades no transmisibles, que es el objeto político de la ley. Pero hemos hecho llegar tres observaciones que lamentablemente no han sido recogidas”, afirmó Feijóo a El Tribuno de Jujuy. Planteó que la normativa debe ser armonizada con la del Mercosur, al contemplar resoluciones del 2003 del organismo, ya que como productor de alimentos tiene como principal destino los países que lo integran.

“Lo que pensamos que debía ser cambiado es el perfil de nutrientes, a partir de los cuales cada uno de los productos que son objeto de sello deben considerarse en exceso. La ley adopta el perfil de nutrientes de la OPS y vale la pena señalar que en ningún país de América, salvo México, usa ese perfil”, planteó el dirigente de la CAA. Entiende que al usar ese perfil de la OPS, hay una resignación de la soberanía, asumiendo que con posterioridad si se quisiera cambiar la autoridad sanitaria no se lo podría hacer. Por otro lado, aseguró que el objetivo de la ley de luchar contra las enfermedades no transmisibles es parcial, ya que no se incluyeron en la norma las harinas ni bebidas alcohólicas.

JORGE FEIJÓO / PRESIDENTE DEL CENTRO AZUCARERO ARGENTINO

Otro aspecto que objetó el CAA es que para los edulcorantes sintéticos, químicos, algunos importados y ciertos productos prohibidos en otros países, llevan una leyenda y entiende que “pese a tener valores de ingesta diaria admitida, debería tener un sello de exceso igual que el azúcar, sal y las grasas”. Estimó que es probable que la normativa afecte la comercialización de los productos alcanzados, desconoce si la ley será eficaz para evitar las enfermedades no transmisibles.

Por ello recordó que plantearon que “en los últimos diez años en Argentina el consumo en el mercado interno ha caído, y sin embargo la obesidad y el sobrepeso, según el informe del propio Ministerio de Salud en la Cámara de Diputados, han crecido el 60%”, precisó. Cabe recordar que durante el debate de la ley, los diputados jujeños de Juntos por el Cambio se abstuvieron de votar la ley, el voto de Salta fue heterogéneo y de Tucumán votaron en contra. El azúcar, los frutos secos y la yerba mate fueron exceptuados de la ley.

Ante la ley de Etiquetado Frontal

Las Uniones Industriales del NOA y del NEA manifiestan su rechazo a la Ley de alimentación saludable (etiquetado frontal) sancionada el pasado 26 de octubre por el Congreso Nacional. El noble propósito de introducir un etiquetado de advertencia en los envases de alimentos para prevenir y combatir las Enfermedades No Transmisibles (ENT) incluye consigo aspectos muy cuestionables. Estos aspectos fueron informados e ignorados por los Senadores y Diputados que votaron la Ley.

1. Esta Ley avasalla las autonomías de las Provincias. Según la Constitución Nacional son las Provincias las que deben legislar en materia de alimentación. Por esa razón, existe la CONAL (Comisión Nacional de Alimentos), único órgano competente en el tema y donde se deben tomar las decisiones por unanimidad. La CONAL tiene avanzado un proyecto de etiquetado frontal de alimentos con acuerdo de las Provincias y el Gobierno Nacional.

2. Esta Ley impide lograr una norma armonizada en el MERCOSUR, como es la que rige actualmente. A pesar de haber sido un pedido expreso de la Cancillería Argentina ante las comisiones de Diputados. Esta omisión es un claro perjuicio para la industria argentina, porque los países del bloque son el principal destino de los alimentos que se exportan.

3. Esta Ley implica una resignación de la soberanía nacional al haber adoptado el perfil de nutrientes de la OPS, así identificado en el texto legal, ya que la Argentina no podría rectificarlo ante evidencias futuras que recomienden su revisión. Tendrá que pedirle a la OPS que lo haga. 4. Es una norma parcial, porque el sello de advertencia no alcanza a productos que causan ENT según la OMS, como las bebidas alcohólicas y las harinas.