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Jujuy y Salta se unen en el programa "Compre NOA"

Fue acordado por las Cámaras de Servicios Mineros de ambas provincias con el objetivo de priorizar a los proveedores locales. 

Martes, 02 de marzo de 2021 18:38

Jujuy y Salta rubricaron un acuerdo para adherir al programa "Compre NOA", iniciativa de las cámaras de Servicios Mineros de ambas provincias (Casemi y Capemisa) con el objetivo de un compromiso de reciprocidad para los asociados de una y otra entidad a la hora de los beneficios del denominado compre local.  También intentarán incluir en el convenio a Catamarca. 

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Jujuy y Salta rubricaron un acuerdo para adherir al programa "Compre NOA", iniciativa de las cámaras de Servicios Mineros de ambas provincias (Casemi y Capemisa) con el objetivo de un compromiso de reciprocidad para los asociados de una y otra entidad a la hora de los beneficios del denominado compre local.  También intentarán incluir en el convenio a Catamarca. 

El principal eje del convenio radica en que  las  provincias. sus Estados y legislaciones alienten la minería, por lo cual no caben  reproches de estar ante empresas radicadas en provincias anti minería y que salen disputar mercados en territorios vecinos donde la minería es lícita y está bien vista.

El acuerdo


Entre la Cámara de Proveedores de Empresas Mineras de Salta, CAPEMISA, representada en este acto por su vicepresidente Sra. Ana Belén Escudero y la Cámara de Servicios Mineros de Jujuy, CASEMI Jujuy, representada por su presidente Sr. Nicolás Galli, se reúnen para refrendar y ratificar el acuerdo firmado entre ambas instituciones, con fecha 06 de Junio de 2011, originalmente rubricados por los Sres. Diego Pestaña por CAPEMISA y Rubén Gutierrez por CASEMI Jujuy. El mencionado acuerdo establece pautas y compromisos vinculantes y recíprocos entre las instituciones, a saber:


PRIMERO: Ambas cámaras acuerdan sostener un vínculo institucional apuntando a fortalecer el desarrollo conjunto de las empresas proveedoras mineras en el ámbito de las provincias de Salta y Jujuy, entendiendo que la zona minera del noroeste argentino es de importancia estratégica para el crecimiento y fortalecimiento de la industria minera y de las empresas que en ella se desempeñan, generando empleo genuino para los habitantes de la región e inversiones locales.

SEGUNDO: Así mismo, convienen definir como zona geográfica estratégica común, más allá de este acuerdo en particular, la correspondiente a las provincias de Catamarca, Salta y Jujuy. Con este objetivo en mente, se retomará la tarea de establecer contacto con cámaras de proveedores de la provincia de Catamarca con el fin de invitarlos a adherir a este acuerdo en pos de favorecer la consolidación de una región minera que comprenda a las tres provincias.

TERCERO: Las cámaras firmantes acuerdan establecer la siguiente definición de "proveedor local" para ambas provincias:

+ Empresas unipersonales y/o sociedades:
Domicilio legal y fiscal establecido en las provincias de Salta o Jujuy.
Contar con un 60% de su nómina de personal con residencia en las provincias de Salta o Jujuy.
Para las sociedades: contar con al menos un 51% de participación societaria en manos de socios jujeños o salteños, todos ellos con domicilio real en las provincias de Salta o Jujuy.

+ Unión Transitoria de Empresas:


Participación societaria no menor al 30% en manos de empresas jujeñas o salteñas según definición de inciso anterior.
Contar con un 60% de su nómina de personal con residencia en las provincias de Salta o Jujuy.


CUARTO: Las cámaras firmantes suscriben en el presente punto un "acuerdo de reciprocidad" tendiente a favorecer el desarrollo de negocios de proveedores socios de ambas instituciones en cualquier ubicación en la que se encuentren dentro de ambas provincias, como si fueran proveedores locales tanto en una u otra jurisdicción. Esto es, que empresas proveedoras mineras socias de CASEMI Jujuy puedan desarrollar su actividad libremente en territorio de la provincia de Salta y que empresas socias de CAPEMISA puedan desarrollar su actividad, de igual forma y sin obstáculos de ningún tipo, en territorio de la provincia de Jujuy, comprometiéndose ambas instituciones a apoyar gestiones tendientes al desarrollo de vínculos comerciales entre socios de ambas cámaras.


QUINTO: Las instituciones reafirman su compromiso con el desarrollo, crecimiento y expansión de las empresas proveedoras mineras del noroeste argentino y con la generación de oportunidades para la mano de obra local, priorizando la contratación y capacitación de las personas que residen en las provincias de Salta y Jujuy y, en especial, a los integrantes de las comunidades vecinas a los proyectos mineros.


SEXTO: Ambas cámaras manifiestan expresamente que defenderán en cualquier ámbito, ya sea municipal, provincial o nacional, la contratación de empresas proveedoras locales por sobre otras empresas no radicadas en el noroeste argentino.

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