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Nicolás Pockorny explica ¿Qué es el Mobbing Laboral?

No solo es perjudicial para los trabajadores, sino que también influye negativamente en la organización empresarial

Miércoles, 14 de abril de 2021 01:02

El Convenio N° 190 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), aprobado por Ley N° 27.580 en la Argentina, reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, y que la violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente, a su vez reafirma la importancia de una cultura del trabajo basada en el respeto mutuo y la dignidad del ser humano para prevenir la violencia y el acoso.

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El Convenio N° 190 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), aprobado por Ley N° 27.580 en la Argentina, reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden constituir una violación o un abuso de los derechos humanos, y que la violencia y el acoso son una amenaza para la igualdad de oportunidades, y son inaceptables e incompatibles con el trabajo decente, a su vez reafirma la importancia de una cultura del trabajo basada en el respeto mutuo y la dignidad del ser humano para prevenir la violencia y el acoso.

El mobbing laboral no solo es perjudicial para los propios trabajadores, sino que también influye negativamente en la organización empresarial, considerando que la violencia y el acoso son incompatibles con la promoción de empresas sostenibles y afectan negativamente a la organización del trabajo, las relaciones en el lugar de trabajo, el compromiso de los trabajadores, la reputación de las empresas y su productividad.

La Ley abarca además las acciones que se desarrollen no sólo en el ámbito de trabajo en el lugar físico, sino también las comunicaciones profesionales, en particular las que tienen lugar mediante tecnologías de la información y la comunicación. Es decir, que el ámbito de protección legal se extiende hacia los correos electrónicos, redes sociales y mensajería de texto.

El citado convenio de la OIT es legislación de avanzada para nuestro país, ya que visibiliza a las mujeres como las personas más vulnerables y expuestas a este tipo de flagelo social, y por ende reconoce que son las mismas quienes necesitan mayor protección legal, institucional y empresarial.

En relación al trabajo de mujeres, concretamente se manifiesta que "la violencia y el acoso por razón de género afectan de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas, y reconociendo también que la adopción de un enfoque inclusivo e integrado que tenga en cuenta las consideraciones de género y aborde las causas subyacentes y los factores de riesgo, entre ellos los estereotipos de género, las formas múltiples e interseccionales de discriminación y el abuso de las relaciones de poder por razón de género, es indispensable para acabar con la violencia y el acoso en el mundo del trabajo".

¿Cómo darse cuenta del mobbing?

La expresión "violencia y acoso" en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.

O sea que todo tipo de conducta o comportamiento violento o amenazante, que se de en el ámbito del trabajo por parte de los empleadores hacía uno o varios trabajadores y trabajadoras, puede ser considerado