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El fiscal se opone al sobreseimiento de Pity Álvarez

Las pericias realizadas al músico, que está detenido por el homicidio de un vecino, indicaron que no está en condiciones de afrontar un juicio. Para el representante del ministerio público no significa que sea inimputable.

Lunes, 26 de abril de 2021 20:36

La fiscalía se opuso al planteo de sobreseimiento realizado por la defensa del músico Cristian Pity Álvarez, detenido y acusado de matar de tres disparos a un vecino. La decisión ahora la deberá tomar el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29, integrado por Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Cecilia Maiza.

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La fiscalía se opuso al planteo de sobreseimiento realizado por la defensa del músico Cristian Pity Álvarez, detenido y acusado de matar de tres disparos a un vecino. La decisión ahora la deberá tomar el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29, integrado por Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Cecilia Maiza.

A fines de febrero, el tribunal había suspendido el inicio del juicio y había ordenado nuevos peritajes ante el resultado de un informe donde dos integrantes del Cuerpo Médico Forense (CMF) habían marcado una situación de “incapacidad sobreviniente”. El 22 de marzo, los profesionales del CMF, junto con los peritos ofrecidos por las partes, informaron que el acusado presenta “una afección compatible con síndrome depresivo, antecedentes de uso de sustancias (dependencia), trastorno cognoscitivo no especificado y antecedente de trastorno psicótico no especificado”.


La defensa requirió entonces el sobreseimiento de Álvarez y su libertad ya que consideró que es inimputable. Para el fiscal, esa conclusión se extrajo de informes que fueron solicitados por los jueces para determinar si el músico estaba en condiciones de afrontar un juicio oral.

“Se advierte con facilidad que los profesionales que evaluaron recientemente a Álvarez Congiu se limitaron a contestar los puntos solicitados por el tribunal en lo referente a la capacidad para afrontar el debate oral y público; sin que de ello quepa extraer conclusiones referidas a la presunta inimputabilidad al momento de comisión del delito imputado”, aclaró.

Recordó, además, lo dictaminado tanto en octubre de 2018 como en marzo de 2020 donde el Cuerpo Médico Forense consideró que al momento de los hechos Álvarez pudo comprender la criminalidad de sus acciones.

Por otra parte, la fiscalía consideró que, por el momento, el músico no está en condiciones de afrontar un juicio, por lo que corresponde suspender el trámite de la causa.

La fiscalía señaló que en esa normativa se establece que si el imputado se cura, la causa proseguirá, por lo que solicitó que Álvarez sea evaluado periódicamente cada seis meses para ver si persisten los “síntomas psicopatológicos” que padece y si eventualmente se encuentra en condiciones de ser sometido a un debate oral y público. Recalcó que por ahora “resulta inviable descartar la posibilidad de reversión de las afecciones del imputado”.

El representante del Ministerio Público Fiscal le requirió al tribunal el cese de la prisión preventiva del acusado debido a los informes que están en la causa. No obstante, sostuvo que es necesaria “la implantación de una medida de seguridad derivada de la peligrosidad del autor para sí y para terceros”. 

Por esto es que pidió que la internación sea dentro del Programa Interministerial de Salud Mental Argentino (PRISMA) en el Complejo Penitenciario de Ezeiza, ya que de acuerdo a los expertos allí se neutralizan “los indicadores de riesgo cierto e inminente de daño para sí y/o terceros”.

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