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El juez del tercer milenio

La ley no es ni siquiera aceptable de ser actuada si no es justa y para ello, la figura del Juez cobra gran importancia.

Jueves, 29 de abril de 2021 01:04

Por María A. Cataldi (docente UCSE Jujuy, jueza del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy).

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Por María A. Cataldi (docente UCSE Jujuy, jueza del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy).

Habiéndome recibido en una Universidad Estatal, la Universidad Nacional de La Plata, en el año 1979, la formación obtenida como jurista, fue esencialmente normativista. El amor a la "Ley" era cultivado y postulado como primer principio a poner en práctica una vez recibidos. No era nada más necesario que conocer la "Ley", ni importaba qué hubiera detrás de cualquier pretensión, si se ajustaba a la "Ley". Y en su nombre, triunfaban aquellos que ejercían mejor derecho, aún cuando fuera injusta la reclamación y eran vencidos los otros, cuya posición era justa, pero no tenían ningún título sobre el cual asentarla. Aun así, las conciencias tanto de los Abogados como las de los Jueces permanecían tranquilas porque se había actuado conforme a la "Ley".

Para Savigny y nosotros en su consecuencia, el ordenamiento jurídico era un sistema axiomático, deductivo, único, completo, coherente, jerárquico y no redundante. Para Hans Kelsen, ampliamente emulado a través de su "Teoría Pura del Derecho" que se exigía sabida mejor incluso que la Biblia y la Constitución Nacional, nuestra aptitud y vocación jurista debía formarse de conformidad al precepto kelseniano una conducta es intrínsecamente jurídica cuando está sancionada, sino no existe.

Hoy pienso que no fue suficiente. La ley no es ni siquiera aceptable de ser actuada si no es justa y para ello, la figura del Juez cobra gran importancia, porque una mala ley no ocasiona daño si es interpretada por un buen Juez, y por el contrario, una buena ley fracasa, si existe un mal Juez.

Hoy, en nuestro tiempo, y para la sociedad en la que estamos inmersos y de la cual formamos parte, no basta que el Juez sepa la "Ley", debe saber cómo, cuándo y en base a qué debe ser dejada si no se arriba a consagrar, por encima de ella, el principio constitucional de afianzar la justicia.

Todo Juez goza de una presunción a su favor, la de que conoce el derecho y por conocerlo se le dio primero el título de Abogado, y luego el mandato de Juez. En el Tercer Milenio, al conocimiento legal deberá sumársele el conocimiento de otras ciencias sociales que acuden en su auxilio en el ejercicio de su judicatura. Además de la "Ley", deberá saber que existen los principios, y los valores a los cuales recurrir, a ver más allá del contenido expresado en los escritos judiciales.

El Juez del Tercer Milenio debe ser humano, deberse a sí mismo y a través suyo al valor Justicia, porque debe tener presente que en cada expediente hay un conflicto humano. Dos partes que son dos personas o dos intereses que se encuentran convencidas que tienen el derecho de su lado. A los que les importa que el tercero imparcial, el Juez, le de una solución. Aunque ésta sea desfavorable, pretenden una respuesta. Esa respuesta debe ser rápida, ágil, efectiva.

Debe ser ético, y consecuentemente será coherente, íntegro, decoroso y responsable de sus actos. La ética que es intransferible debe ayudar a formar la propia conciencia personal. Para ello, tendrá que estudiar la ética, ser sincero con uno mismo, humilde, y estar advertido de las circunstancias de nuestros actos. Hay que someterse al juicio de conciencia propio. Se debe pensar.

Debe ser independiente, de acción y de conciencia. Oír sólo a su razón y corazón cuando tenga que fallar en la soledad de su despacho, y la sentencia debe responder a la norma, y ésta al principio que la explica, la ordena y la justifica y éste al valor existente en nuestro sistema jurídico.

Debe ser ágil, activo, y diligente en la aplicación de trámites que permitan una más rápida y justa decisión. Para ello deberá identificar los hechos expuestos a través de la litis involucrándose en el conocimiento del expediente en forma personal, acudiendo a la computarización del trámite de los expedientes y del último decreto efectuado, y no debe temer poner en práctica las opiniones de los Procesalistas de este tiempo acerca de medidas que tienden a una mejor efectivización del proceso. Todo ello, sin desconocer o poner en riesgo los principios tanto penales como civiles que rigen para las Partes y en beneficio del debido proceso legal.

Debe ser prudente y en lo posible, despojado de toda ambición de fama momentánea y temporal. Sólo en los casos estrictamente necesarios cuando entienda que la sociedad a la que pertenece merece una explicación que no puede aguardar a una sentencia, debe recurrir a la prensa. Y aún en ellos, preservar siempre el respeto a la intimidad de las partes, y del interés estatal de investigar.

Debe saber de Psicología, Sociología y Filosofía del Derecho, mucho más que lo enseñado en las Facultades. Para ello debe ser humilde y requerir ser informado, capacitado a través de la Escuela Judicial y de los Cursos de perfeccionamiento que sean necesarios para, entre otros temas, conocer la "teoría de la interpretación" ya que debe ser consciente que cada vez que sentencia está creando derecho. En el beneficio del justiciable, debe exigir una constante capacitación porque el derecho es interpretación. Y el Juez debe saber cómo interpretar los hechos expuestos por las Partes con la lógica y el sentido común. ¿Todos los jueces saben qué es la lógica? .

Hoy no basta encerrarse en el despacho para ser un buen Juez. La soledad se justifica al momento de tomar una decisión, pero debe conocer los problemas de la sociedad en

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