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Así quedaron las nuevas escalas de Monotributo

La cámara alta del Congreso de la Nación aprobó la ley que alcanza a unos 3,7 millones de contribuyentes. 

Viernes, 09 de abril de 2021 19:18

El Senado aprobó el proyecto que impulsó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para modificar el régimen de Monotributo. La ley actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general.

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El Senado aprobó el proyecto que impulsó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para modificar el régimen de Monotributo. La ley actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general.

Durante el tratamiento del proyecto en la Cámara Alta, el senador Carlos Caserio, titular de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, consideró que la reforma a la ley de monotributo "es una muy buena noticia para 3,7 millones de personas que se acogen a este régimen". "Es un proyecto que traerá mayores ingresos y se traducirá en movimientos económicos de la mano de un mayor consumo. La reforma será una contribución para que el Estado tenga más recursos y va a disminuir el gasto público porque va a tener menos necesidades que atender", agregó.

La norma busca "facilitar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) al Régimen General (contribuyentes alcanzados por IVA e Ingresos Brutos) tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar, aliviar la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado y actualizar los topes de cada categoría del monotributo, que aún no lo hicieron como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional", explicaron desde AFIP.

Para la actualización de las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020 se considerará la variación del haber mínimo de jubilaciones y pensiones de ese año, porque quedó sin efecto la actualización que se usaba hasta el año pasado, que era la movilidad jubilatoria. Este porcentaje de suba de la escala y montos sería del 35,3 por ciento.

La iniciativa establece que para los monotributistas que durante 2021 se hayan sobrepasado en hasta un 25 por ciento del tope de la facturación que define la categoría más alta, se le va a ofrecer la oportunidad de mantenerse en la misma categoría sin necesidad de cambiarse al régimen general.

En cambio, aquellos contribuyentes con facturación excedida en más del 25 por ciento, podrán acceder al nuevo “Procedimiento Transitorio de acceso al Régimen General”. Este mecanismo les permite tener una deducción del IVA para algunas operatorias específicas y también podrán deducir del pago de Impuesto a las Ganancias los importes de las adquisiciones con relación directa a su actividad gravada y una deducción adicional. En total, el contribuyente que pase voluntariamente al régimen general tiene cuatro años de beneficios por descuentos del IVA.

El argumento del gobierno para facilitar el traspaso al régimen general es que "el monotributo se pensó como un esquema de transición de la informalidad a la formalidad y terminó siendo un mecanismo de subdeclaración de contribuyentes. Para el que viene del monotributo, hasta ahora pasar al régimen general era un salto al vacío".

Con estas actualizaciones, las categorías del monotributo 2021 quedarán de la siguiente manera:

  • Categoría A: el mínimo se eleva a $282.445,08, mientras que el monto mensual a pagar subió a $2.646,04.
  • Categoría B: el límite pasa a ser de $423.636,30 y las cuotas mensuales que era de $2.186,80 serán de $2.958,74 para servicios y bienes.
  • Categoría C: tendrá un tope de facturación de $564.848,42 y las cuotas para bienes serán de $3.325,20 para bienes y las de servicios suben a $3.382,38.
  • Categoría D: $847.272,66 será la facturación máxima, mientras que las cuotas para bienes y servicios suben a $3.894,43.
  • Categoría E: el tope se eleva a $1.129.696,82, al tiempo que el abono de servicios será de $5.239,06 y de bienes de $4.711,20
  • Categoría F: la facturación máxima será de $1.412.121,05, con cuotas de $5.416,99 en bienes y de $6.271,01 en servicios.
  • Categoría G: el límite de las ventas se eleva a $1.694.545,27. Las cuotas de servicios serán de $7.314,35 y las de bienes crecen a $6.167,80.
  • Categoría H: el tope crece a $2.353.535,10, mientras que el contribuyente deberá abonar $12.788.46 en servicios y $10.670,31 en bienes.
  • Categoría I: los bienes aumentan a $2.765.403,75 y las cuotas a $15.338,57.
  • Categoría J: el tope de facturación se eleva a $3.177.272,39 y el pago mensual será de $17.615,83.
  • Categoría K: es la categoría más alta y tendrá un tope de $3.530.302,65, mientras que la cuota total será de $19.911,30.

Fuente: Página 12 y La Nación