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La Justicia rechazó el intento de Cammuso de callar a El Tribuno

Los abogados de la empresaria de Canal 2, pretendían censurar la difusión de un hecho ocurrido en ese medio.

Lunes, 14 de junio de 2021 00:41

La Justicia rechazó la pretensión de los abogados de la empresaria Natalia Fernanda Cammuso, ejecutiva de Canal 2 de San Salvador de Jujuy, quienes pretendieron colocar un "bozal" a El Tribuno de Jujuy, que en su versión impresa y sus medios electrónicos, informan permanentemente acerca de un lamentable hecho ocurrido en ese medio de comunicación, que tuvo como lamentable epílogo la muerte de una de sus empleadas, por aparente insensibilidad de la empresa que no respetó las normas de protección frente a la pandemia ocasionada por el Covid-19.

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La Justicia rechazó la pretensión de los abogados de la empresaria Natalia Fernanda Cammuso, ejecutiva de Canal 2 de San Salvador de Jujuy, quienes pretendieron colocar un "bozal" a El Tribuno de Jujuy, que en su versión impresa y sus medios electrónicos, informan permanentemente acerca de un lamentable hecho ocurrido en ese medio de comunicación, que tuvo como lamentable epílogo la muerte de una de sus empleadas, por aparente insensibilidad de la empresa que no respetó las normas de protección frente a la pandemia ocasionada por el Covid-19.

Pretendían, interponiendo una medida autosatisfactiva, que El Tribuno de Jujuy se abstuviera de difundir imagen y nombre de la empresaria mencionada y de toda nota periodística que no constituya una noticia nueva que justifique su difusión, relacionada con la causa penal en trámite. Consideraban los letrados de la empresaria Cammuso, que se trataba de "persuadir o instaurar en la comunidad, un determinado convencimiento culpatorio", por no decir una condena anticipada respecto de la intervención que pudo caberle a la empresaria en la citada causa que la involucra. En tal sentido, la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Integridad de las Personas y homicidios, determinó la improcedencia de los defensores de Natalia Cammuso.

Jorge Adrián Ripoll, en representación de Editora SA y El Tribuno de Jujuy, destacó que la pretensión en su contra, es un "bozal legal" que en el caso no es otra cosa que censura y además, previa. Refiere puntualmente que la cuestión de fondo, es la libertad de prensa. Y considera que la tentativa de la parte promotora es "amordazar a la prensa". Destacó el abogado, que "es de toda obviedad que la controversia finca entre la protección del honor u honra, y la libertad de expresión y de prensa", libertades que en este caso no comprometen los derechos a la intimidad o a la privacidad. Señala de manera taxativa en otro párrafo que "las publicaciones que inciden en los sentimientos de las personas, pero no están orientadas a divulgar aspectos de su vida privada no pueden ser tomadas como un "ataque".

Luego de respaldar sus dichos en normativas emergentes de la Constitución Nacional, los pactos preexistentes a ella (como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto de San José de Costa Rica) y abundante jurisprudencia local y nacional, el doctor Ripoll, admite que podrá juzgarse la existencia o inexistencia de responsabilidad del medio o de periodistas, pero siempre de manera ulterior y salvo los supuestos de excepción, pero nunca de manera previa o preventiva. Esta decisión judicial, es obviamente apelable, pero en sí misma, es todo un respaldo al buen uso de las libertades de prensa y de expresión, por lo que El Tribuno de Jujuy seguirá informando sobre este caso y los demás similares, con la responsabilidad y seriedad que lo caracteriza.