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Abogado acusado de pedir plata para coimas judiciales deberá realizar donación de pañales

Será por la suma de 2 mil pesos mensuales por el término de un año. Además deberá brindar clases de Derecho. Ocurrió en Salta. 

Jueves, 23 de septiembre de 2021 19:57

El Tribunal Federal Oral de Salta N° 1 aceptó un pedido de suspensión a prueba a Orfeo Maggio, abogado del foro local, acusado del delito de defraudación por supuesta remuneración a jueces u otros empleados públicos.

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El Tribunal Federal Oral de Salta N° 1 aceptó un pedido de suspensión a prueba a Orfeo Maggio, abogado del foro local, acusado del delito de defraudación por supuesta remuneración a jueces u otros empleados públicos.

El juez federal Julio Bavio lo había denunciado porque pedía a sus clientes dinero y les decía que era para sobornar a jueces y a empleados judiciales.

Luego de verificarse que el pedido reunía los requisitos legales procesales de admisibilidad, de conformidad a las prescripciones del artículo 76, 76 bis, y concordantes del Código Penal, y que, ante el posible dictado de una sentencia con pena de ejecución condicional, se propuso que se suspendiese el proceso a prueba por el término de un año bajo el cumplimiento de condiciones y reglas de conducta, expresa el fallo dado a publicidad por el Poder Judicial de la Nación.

Luego ordena al encartado resarcir los supuestos daños ocasionados con su proceder a los señores jueces y funcionarios por lo que exigen como condición, que debe realizar donaciones mensuales de paquetes de pañales al Centro de Salud 49 de barrio Parque General Belgrano de la ciudad de Salta, por la suma de 2 mil pesos mensuales por el término de un año. Además, el abogado se obliga a brindar clases de derecho en el Instituto de Derecho Penal, dependiente del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, con una carga horaria de tres horas semanales; por el término del acuerdo y -como corolario- aceptó realizar una única entrega por la suma de doscientos mil pesos al hospital Papa Francisco de esta Ciudad.

Los jueces determinaron -además- que el profesional del derecho quedará a cargo del Patronato de Presos y Liberados, o de las fuerzas que así determine ese Tribunal, bajo apercibimiento de que el incumplimiento injustificado de cualquier condición conllevará a la revocación del beneficio.

Todo eso en virtud de que en el requerimiento de elevación a juicio de fojas 506/509 se encuadró la conducta del nombrado en el delito de defraudación por supuesta remuneración a jueces u otros empleados públicos, tipificado en los artículos 173, inciso 10 del Código Penal

El beneficio acordado también obliga al abogado Maggio a resarcir a la pretensa víctima, es decir la persona que abonó en su tiempo el dinero que supuestamente iba a remunerar a ciertos funcionarios públicos, cosa que se probó es de falsedad absoluta.

De esa manera, el beneficiado del acuerdo debe abonar la suma de ciento cincuenta mil pesos a la pretensa víctima, en concepto de resarcimiento, a pesar de que la misma en un momento del acuerdo hizo conocer que había pagado un total de 8.300 dólares.

El durísimo convenio fue rubricado por las partes con algunas modificaciones en los montos finalmente acordados, aunque el espíritu de la penalización quedó vastamente satisfecho.

 

FUENTE: EL TRIBUNO DE SALTA 

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