Se realizó la 6° sesión ordinaria en la “Casa de Piedra”, donde se pudo establecer la modificación del artículo 2 de la Ley provincial 5625 “Pensión Héroes de Malvinas Jujeños”
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Se realizó la 6° sesión ordinaria en la “Casa de Piedra”, donde se pudo establecer la modificación del artículo 2 de la Ley provincial 5625 “Pensión Héroes de Malvinas Jujeños”
Con esta modificación ampliaron beneficios para Héroes de Malvinas jujeños. De este modo, se establece que: “cuando se trate de ex soldados combatientes fallecidos en el conflicto bélico, o como consecuencia de su intervención en el mismo en el caso de titulares que fallecieran, tendrán derecho a percibir el beneficio integrantes de la familia”.
Al respecto, el diputado Rubén Rivarola, durante la sesión expresó que es gratificante reconocer a esos héroes que, pese a no contar con los mejores recursos, pelearon con mucho coraje. “Por eso todo lo que se puede hacer por estos hombres que fueron a pelear por nosotros es poco. Desde el Bloque Justicialista vamos a apoyarlos porque se lo merecen, se lo han ganado, son hombres de bien y de coraje”.
Además, establecieron que “el importe mensual de la pensión será equivalente al 100% del monto neto, excluidos los adicionales particulares y generales, que por todo concepto percibe el agente Categoría 20 del Escalafón General de la Administración Pública Provincial”.