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Lo condenaron a 8 años de prisión por abusar de la hija de su pareja

El veredicto de las juezas fue dado a conocer hoy, 6 de septiembre,

Lunes, 06 de septiembre de 2021 17:18

El Tribunal en lo Criminal N° 2 condenó a un hombre, S.D.R.,  a la pena de 8  años de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, hecho que tuvo lugar en San Salvador de Jujuy.

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El Tribunal en lo Criminal N° 2 condenó a un hombre, S.D.R.,  a la pena de 8  años de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, hecho que tuvo lugar en San Salvador de Jujuy.

Además, ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El veredicto de las juezas Claudia Cecilia Sadir -presidente de trámite-, Maria Laura Flores y Liliana Pellegrini fue dado a conocer hoy, 6 de septiembre, por el secretario del Tribunal, Dr. José López García.

El hecho

Entre los meses  de agosto y octubre de 2019, sin fecha precisa, el acusado se hizo presente en el domicilio de su pareja ubicado en el barrio Chijra.

Aprovechando que la mujer no se encontraba en el inmueble, S.D.R. procedió a llevar a la habitación a la víctima, una adolescente de 15 años de edad, hija de la pareja del acusado, para luego taparle la boca y amenazarla diciéndole que si le contaba a su madre, él le iba a hacer daño a su hermanita. Luego la accedió carnalmente.

Alegatos

El Fiscal ante el Tribunal, Dr. Diego Cussel, en sus alegatos solicitó la pena de 10 años de prisión para el acusado; mientras que la querellante, Dra. Dora Rosa Geronazzo, del Centro de Asistencia a la Victima, adhirió al pedido del representante del Ministerio Público de la Acusación.

Por su parte, los abogados defensores del enjuiciado, doctores Ariel Gonzalo Geron y Aníbal Patricio Alfonso, requirieron la absolución del mismo.

Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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