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Anmat prohibió la comercialización de una pastilla para mejorar el rendimiento sexual

Según se informó, se tomó la determinación de prohibirlo "a fin de proteger la salud de los ciudadanos".

Viernes, 14 de enero de 2022 10:11

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un artículo que dice mejorar el rendimiento sexual de los hombres. La medida alcanza a todo el país y a todas las plataformas de venta digital.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un artículo que dice mejorar el rendimiento sexual de los hombres. La medida alcanza a todo el país y a todas las plataformas de venta digital.

"All Natural Herbal Supplements, marca Shelex - Male Sexual Enhancement, 8 Capsule, Distributed by American Nutraceutical Technology Inc., El Monte, CA 91731, USA", quedó por fuera de la aceptación de Anmat luego de la denuncia de un consumidor. Según se detalla en la Disposición 447/2022, publicada en el Boletín Oficial, “carece de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, explica la Administración en los documentos.

Además, se explicó que todo comenzó con la denuncia de un usuario, quien advirtió que “la ingesta del producto investigado le habría causado un rápido aumento de la presión arterial”.

En el anexo adjuntado se detalla la información presente en el rótulo del producto, en donde se explica que se utiliza para “mejorar el rendimiento sexual de los hombres”. En dicho producto, se advierte que se debe tener cuidado si se mezcla con alcohol, que no se debe consumir más dosis de las recomendadas y que se debe alejar del alcance de los niños.

Por otra parte, la Anmat también prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones, hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales, del siguiente producto: “BAO JI WAN GINSENG FORTE, GINSENG. Elaborado por: GUANGZHOU WANGLAOJI PHARMACEUTICAL CO. LTD, CHINA. Importado por: GLOBAL PHARMACEUTICAL CORPORATION S.A.C., calle Fray Luis de León 479, San Borja, Lima, Perú y por TRADING INTERNATIONAL CORPORATION para Latinoamérica”.

En la Disposición 448/2022, se explicó que se trata de un medicamento, pero que no hay registros de inscripción de productos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de esta Administración Nacional con el nombre comercial BAO JI WAN GINSENG FORTE. “Por lo tanto, -dicen- no es posible determinar si fue elaborado en las circunstancias que indica la ley y cuál es su verdadera composición”.

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