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19 de Abril,  Jujuy, Argentina
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Animales sueltos en ruta: multas arriba de los cien mil pesos

Dueños de equinos, bovinos, entre otros llegarían a tener sanción de 20 UF, cada una $5.790, o trabajo comunitario. El Tribuno de Jujuy dialogó con el responsable del Departamento Contravencional, Hugo Alberto Adaro. 
Martes, 29 de noviembre de 2022 22:36

La presencia de animales sueltos en rutas o vía pública, además de conllevar un peligro para ellos mismos, implica graves inconvenientes hacia terceros, como por ejemplo accidentes de tránsito. Es por ello que el Departamento Contravencional recordó que rigen multas para dueños de equinos, bovinos, porcinos, entre tantos otros. El código, en su artículo 87º, prevé una sanción de 20 unidades fijas de multa, y que cada UF está equiparada a $5.790. Es decir que alrededor de $114.000 llega a costar la multa. Además, la disposición también prevé trabajos comunitarios que deberán realizar los dueños de estos animales.

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La presencia de animales sueltos en rutas o vía pública, además de conllevar un peligro para ellos mismos, implica graves inconvenientes hacia terceros, como por ejemplo accidentes de tránsito. Es por ello que el Departamento Contravencional recordó que rigen multas para dueños de equinos, bovinos, porcinos, entre tantos otros. El código, en su artículo 87º, prevé una sanción de 20 unidades fijas de multa, y que cada UF está equiparada a $5.790. Es decir que alrededor de $114.000 llega a costar la multa. Además, la disposición también prevé trabajos comunitarios que deberán realizar los dueños de estos animales.

Así lo señaló a El Tribuno de Jujuy el responsable del Departamento Contravencional, Hugo Alberto Adaro, y sostuvo que dicha multa rige en el ámbito contravencional, que es competencia propia del Ministerio de Seguridad. Explicó que el secuestro del animal lo realizan integrantes del Cuerpo de Caballería de la Policía de la Provincia, que todas las semanas hace estos procedimientos para evitar que los animales estén en situaciones de peligro. De esta manera, el dueño deberá abonar gastos de acarreo, estadía y traslado, independientemente a que posteriormente el juez pueda establecer o no la sanción en unidades multas o trabajo comunitario.

También dijo que se presentan casos en que los animales ingresan a propiedades privadas y que esas situaciones "dependen sí o sí de la denuncia del propietario y la pena es menor, que alcanza las 5 unidades multas o 9 días de trabajo comunitario".

En el caso de animales salvajes que circulan en la vía pública y podrían poner en peligro la seguridad de las personas, implica sanción de 10 unidades multas o 21 días de trabajo comunitario, al igual que las mascotas afuera de los domicilios, situación que constantemente es denunciada, configura la misma pena.

"El labrado del acta convencional, constatación de los hechos por parte de la Policía, no significa que automáticamente la persona deba ir a pagar, sino que se va a armar un expediente administrativo y con los elementos probatorios se hará la respectiva acusación, para que los jueces puedan responder si corresponde o no la pena, garantizando en todo momento el ejercicio de derecho de defensa por parte de los responsables de los animales", sostuvo el letrado.

Si bien explicó que en la mayoría de los casos se logra dar con los dueños de los animales, "ya que tienen una marca registrada". Agregó que en el caso de los caballos se les solicita el certificado de anemia infecciosa equina. Seguidamente puso de relieve que la norma contravencional establece un plazo de estadía del animal de 15 días, cumplido el tiempo, el juez dispondrá si se hace o no el remate de vacas, caballos, etc.

Para denunciar la presencia de estos animales en las rutas, las personas deberán dirigirse a la comisaría cercana a su domicilio o a los juzgados contravencionales 1, 2 y 3.

 

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