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El abusador de una niña fue condenado a solo 6 años de prisión en un juicio abreviado

El hecho ocurrió en 2017 en Tilcara, cuando la niña tenía solo 12 años. 

Lunes, 05 de diciembre de 2022 18:56

El pasado 1 de diciembre del corriente año, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a 6 años de prisión de ejecución efectiva a un hombre, M.L.F, por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso Sexual con acceso carnal”, siendo víctima del ilícito una niña de 12 años de edad.

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El pasado 1 de diciembre del corriente año, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a 6 años de prisión de ejecución efectiva a un hombre, M.L.F, por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso Sexual con acceso carnal”, siendo víctima del ilícito una niña de 12 años de edad.

Además, ordenó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

La pena aplicada fue acordada entre el Fiscal ante el Tribunal, Sergio Marcelo Cuellar, y el acusado, asistido por su abogada defensora Sara Cabezas, mediante el procedimiento de Juicio Abreviado previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal.

En la sentencia, el Tribunal, integrado por las juezas Felicia Barrios– presidente de trámite-, Alejandra Tolaba, y el juez Luciano Yapura, hizo lugar al acuerdo arribado entre las partes mencionadas.

 Acusación   

 De acuerdo con el requerimiento de la Fiscalía, el hecho delictivo sucedió entre el 9 y 10 de diciembre de 2017 en circunstancias en que la víctima, una niña de 12 años de edad, se encontraba regresando a su domicilio en un paraje rural del Departamento Tilcara.

En esas circunstancias, fue interceptada por el acusado.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia en la que se aplicó el procedimiento de Juicio Abreviado Inicial, establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.

El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.

Para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su abogado defensor admite la existencia del hecho y su participación en el mismo. Finalmente, se requiere también el acuerdo del Tribunal de juicio.

Como querellante se desempeñó la  Yésica Paola Salguero, mientras que la secretaria del Tribunal fue Mariana Córdoba Etchart.