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Abusaba de su hermana y purgará 8 años de prisión

La víctima tenía entre 10 y 12 años cuando fue atacada sexualmente por el condenado, que padece adicción.

Miércoles, 13 de abril de 2022 01:01

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre a la pena de 8 años de prisión de ejecución efectiva, luego de que se haya comprobado la autoría penal y responsable de abuso sexual en contra de su hermana, que al momento de los hechos, ocurridos en la ciudad capital, tenía entre 10 y 12 años.

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El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre a la pena de 8 años de prisión de ejecución efectiva, luego de que se haya comprobado la autoría penal y responsable de abuso sexual en contra de su hermana, que al momento de los hechos, ocurridos en la ciudad capital, tenía entre 10 y 12 años.

Además, el Tribunal autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Asimismo, se prohibió al condenado tener contacto con la víctima ya sea personalmente o por cualquier medio de comunicación, y se le ordenó que se someta a tratamiento psicológico a los fines de superar sus adicciones, debiendo el Gabinete Criminológico del Servicio Penitenciario de la provincia evaluar si el mismo deberá ser realizado dentro o fuera de la Unidad Penal.

El Tribunal fue integrado por los jueces Luciano Yapura (presidente de trámite), Felicia Barrios y Alejandra Tolaba.

Sobre los hechos

De acuerdo con las acusación formulada por la Fiscalía, durante los años 2012 y 2013, en una casa ubicada en el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, residía la víctima, una niña de 10 años, junto a su madre y el inculpado, quien es su hermano.

En circunstancias en que el acusado se encontraba en estado ebriedad, aprovechando que dormía en la misma pieza que la menor y su madre, cuando su madre se dormía, el hombre en reiteradas oportunidades atacó sexualmente a su hermana.

En la producción de los alegatos, ha quedado debidamente comprobado que estos hechos ocurrieron en más de una oportunidad, cuando la víctima tenía diez años y hasta que cumpliera doce años de edad.

Procedimiento Especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado defensor del enjuiciado, respecto del monto de la pena.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó Marcelo Cuellar, mientras que Juan Ángel Cabezas Hametti ejerció la defensa técnica del imputado.