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Condenado por matar a sereno

Agustín Alberto Aguiar, el asesino de Ruperto Vilte.

Sabado, 25 de marzo de 2023 01:03

Un hombre fue condenado a la pena de 10 años y 6 meses de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de "robo agravado por homicidio (latrocinio)", hecho que ocurrió en febrero del 2020.

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Un hombre fue condenado a la pena de 10 años y 6 meses de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de "robo agravado por homicidio (latrocinio)", hecho que ocurrió en febrero del 2020.

El fallo dictado días atrás por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 fue en contra de Agustín Alberto Aguiar.

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, Agustín Alberto Aguiar llegó a juicio por el hecho ocurrido el 9 de febrero de 2020, aproximadamente a las 6.20, cuando la víctima, Ruperto Vilte, se encontraba trabajando como sereno en el predio del Complejo de Agua Potable ubicado en la intersección de las calles Puerto Argentino y Marinero Rubén Torres del barrio Malvinas en la capital de la provincia.

En esas circunstancias, la víctima fue sorprendida en el sector de las cantinas del inmueble por los imputados Agustín Alberto Aguiar y un menor de edad, quienes ingresaron con intenciones de robo.

En ese lugar, se produjo un forcejeo entre Ruperto Vilte y los acusados, quienes, con el fin de ultimarlo, le asestaron dos puñaladas, que le provocaron la muerte. Luego, se dieron a la fuga con dirección al río Grande.

El representante del Ministerio Público de la Acusación fue Marcelo Cuellar, quien en su alegato pidió para el enjuiciado la pena de 10 años y 6 meses de prisión; mientras que la querella estuvo a cargo de Felisa Ester Quipildor.

La defensa técnica del acusado fue ejercida por la representante del Ministerio Público de la Defensa Penal, María Florencia Quintar.

Cabe aclarar que el menor de edad que habría participado en el hecho delictivo fue sobreseído en una etapa anterior al juicio oral, en razón de su edad.

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia.