¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

23°
29 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Nueva Tarjeta Alimentar: a quiénes les corresponde y cómo inscribirse

El Ministerio de Desarrollo Social sumó un nuevo beneficio. Conocé quiénes pueden percibirlo y cuáles son los requisitos. 

Miércoles, 28 de junio de 2023 20:35

El Ministerio de Desarrollo Social ofrece una nueva Tarjeta Alimentaria Comunidad que abarca diferentes grupos. Aquellos que estén inscriptos recibirán un monto económico todos los meses para comprar elementos esenciales.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El Ministerio de Desarrollo Social ofrece una nueva Tarjeta Alimentaria Comunidad que abarca diferentes grupos. Aquellos que estén inscriptos recibirán un monto económico todos los meses para comprar elementos esenciales.

Podrán acceder a este nuevo beneficio los comedores, merenderos y organizaciones sociales.

La Tarjeta Alimentar Comunidad es prepaga, se entregará de manera física o virtual y está destinada para comprar mercadería en los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios.

Tarjeta Alimentar Comunidad: los requisitos para recibirla

  • Podrán cobrar la nueva tarjeta alimentaria los comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM).
  • El programa es incompatible para aquellos que perciban otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.

Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:

  • Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
  • Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
  • Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
  • Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.

Temas de la nota