¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

17°
24 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Reafirman que no se puede obligar a rezar a los alumnos

Jueves, 08 de marzo de 2012 10:36

El juez Marcelo Domínguez reafirmó su prohibición de imponer prácticas católicas a los alumnos en la escuela pública, tal como se conoció la semana pasada.
El magistrado se volvió a expresar sobre el tema ayer y rechazó un pedido de la Provincia para que especificara los alcances del fallo porque considera que no hay nada que aclarar.
El magistrado había dispuesto que cesen las políticas que obligan a los chicos a rezar y participar en otras actividades propias del catolicismo en instituciones estatales.
El juez tomó esta decisión frente al amparo que habían presentado padres que denunciaban discriminación hacia niños que no comparten este credo y se veían forzados a realizar oraciones.
El Gobierno de Salta presentó un recurso de aclaratoria para que Domínguez especificara las implicancias de su fallo.
La Provincia pedía que el juez expresara si los alumnos podían -dentro de la jornada escolar- participar de festividades católicas, “rezar diariamente”, o asistir a las celebraciones relacionadas con la Virgen del Milagro.
Domínguez respondió que su sentencia era clara y que prohibía todas las actividades católicas que se impusieran como obligación a los alumnos.
“...Más allá de la bondad intrínseca que pueda predicarse de las prácticas religiosas, la circunstancia que las enfrenta a la Constitución es la falta de libertad para decidir de los niños a quienes ellas se imponen”, sostiene la resolución de Domínguez.
 

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El juez Marcelo Domínguez reafirmó su prohibición de imponer prácticas católicas a los alumnos en la escuela pública, tal como se conoció la semana pasada.
El magistrado se volvió a expresar sobre el tema ayer y rechazó un pedido de la Provincia para que especificara los alcances del fallo porque considera que no hay nada que aclarar.
El magistrado había dispuesto que cesen las políticas que obligan a los chicos a rezar y participar en otras actividades propias del catolicismo en instituciones estatales.
El juez tomó esta decisión frente al amparo que habían presentado padres que denunciaban discriminación hacia niños que no comparten este credo y se veían forzados a realizar oraciones.
El Gobierno de Salta presentó un recurso de aclaratoria para que Domínguez especificara las implicancias de su fallo.
La Provincia pedía que el juez expresara si los alumnos podían -dentro de la jornada escolar- participar de festividades católicas, “rezar diariamente”, o asistir a las celebraciones relacionadas con la Virgen del Milagro.
Domínguez respondió que su sentencia era clara y que prohibía todas las actividades católicas que se impusieran como obligación a los alumnos.
“...Más allá de la bondad intrínseca que pueda predicarse de las prácticas religiosas, la circunstancia que las enfrenta a la Constitución es la falta de libertad para decidir de los niños a quienes ellas se imponen”, sostiene la resolución de Domínguez.
 

"Apresurada”


El juez sostuvo además en su resolución que no iba a elaborar “un catálogo” de las cosas que los alumnos pueden o no hacer a partir de la sentencia porque eso no tenía que ver con el eje del debate.
Domínguez consideró que, desde la Provincia, habían hecho una “lectura apresurada” del fallo.
“Dije que las prácticas religiosas denunciadas como impuestas a los alumnos de la enseñanza pública primaria deben cesar... El letrado apoderado de la Provincia de Salta procura se aclaren cuestiones que no han sido materia de debate en el presente amparo”, sostiene la resolución.
La demanda de los padres planteaba varios casos de alumnos que se habían visto forzados a participar en oraciones en establecimientos estatales y, en respuesta, el juez había resuelto que cesaran las políticas que hacen obligatorias este tipo de actividades a todos los chicos.
“Respecto al pedido referido al alcance de las prácticas que deben cesar, o dicho de otro modo- cuáles son ellas, surge prístino del texto del fallo que refiere a todas aquellas que se “imponen”, por lo que al respecto nada cabe aclarar”, indicó Domínguez en su respuesta.
El magistrado decidió “no hacer lugar” al pedido de aclaratoria de la Provincia.
El fallo del juez Domínguez también había ordenado que la materia de educación religiosa se adaptara para garantizar la igualdad entre los credos, la no discriminación y la libertad de conciencia de los chicos.
Sin embargo, el magistrado no accedió a declarar la inconstitucionalidad de este tipo de enseñanza en los establecimientos públicos, como pedían los padres que iniciaron el amparo con apoyo de la Asociación por los Derechos Civiles.
 

Una asesora de menores se expresó en contra del fallo

La asesora de menores dos, Adriana Betella, presentó una apelación en contra del fallo del juez Marcelo Domínguez que prohibió imponer oraciones católicas en escuelas públicas y ordenó que la materia de religión se adapte para garantizar la no discriminación.

La resolución del magistrado se había conocido la semana pasada y era la respuesta a un amparo presentado por padres que cuestionan que se enseñe religión o que haya prácticas del catolicismo impuestas para todos los chicos en instituciones estatales.

Betella argumentó que Domínguez no consideró la opinión de los hijos de los demandantes en el caso y que dio por supuesto que la visión de sus padres los representaba.

La asesora de incapaces también puso en duda la legitimación de los demandantes para representar al resto de los chicos que asisten a escuelas estatales.

Betella pidió que se rechace “en todos sus términos” el amparo que inició el grupo de padres con apoyo de la Asociación por los Derechos Civiles.

La presentación de Betella llamó la atención porque el anterior asesor de menores que había intervenido en el caso no había realizado estos planteos y había manifestado, en concordancia con lo que falló Domínguez, que la materia de educación religiosa debía incluir a todos los credos en igualdad de condiciones.

En la causa, iniciada en junio de 2010, tomaron parte diferentes asesores de menores porque el asesor número dos, que debía actuar originalmente en el caso, falleció.

Ante esta situación, los demás asesores de menores se turnan para cubrir un mes cada uno la oficina que quedó vacante, que es la que debe intervenir en el expediente a cargo de Marcelo Domínguez.

La función del asesor de menores es dar su opinión en las causas en las que pueden estar involucrados los derechos de los chicos.

Betella pidió, en contraposición con el juez Domínguez, que los chicos “puedan realizar las prácticas de la religión que profesan” en la escuela pública.
 

PUBLICIDAD