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El Senado aprobó la ley de identidad de género

Jueves, 10 de mayo de 2012 10:55

El Senado sancionó este miércoles por 55 votos a favor y una abstención la ley de identidad de género por la que cualquier persona podrá solicitar el cambio del sexo y del nombre con el que fue registrada al nacer.
La nueva ley define la identidad de género como "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo".
En este sentido, establece que "toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género y al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género".
Por ello, el artículo tercero de la ley señala que "toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida".
Para esto, las personas que deseen cambiar su identidad deberá acreditar la edad mínima de 18 años y presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una "solicitud para la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original".
El artículo cuatro de la ley, en el inciso tres, remarca que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico", para solicitar el cambio de identidad.
En tanto, en el caso de las personas menores de edad, la solicitud deberá ser presentada "a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor".
Además, la ley contiene un artículo referido a la confidencialidad, según el cual sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria "quienes cuenten con autorización del/a titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada".
"No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de prenombre en ningún caso, salvo autorización del/a titular de los datos", argega el artículo 9.
La única abstención en la votación en general fue de la peronista federal Graciela di Perna, mientras que los senadores del Partido Renovador Salteño y de la Coalición Cívica, Agustín Pérez Alsina y María Eugenia Estenssoro, respctivamente, se abstuvieron en particular en el artículo referido a los menores de edad.
El presidente del bloque oficialista, Miguel Ángel Pichetto, afirmó que "el Congreso ha estado a la altura de igualar derechos y permitir a la gente ser más feliz, que es el verdadero derecho humano".
"Detrás de cada persona diferente hay mucha gente que surfe y esta norma es reparadora, como lo fue la ley de matrimonio igualitario. Sin ese debate hubiera sido muy difícil tratar esta norma", señaló Pichetto.
En tanto, el jefe del bloque de la UCR, Luis Naidenoff, sostuvo que se trata de "una conquista significativa" porque porque permite "vivir y ejercer el derecho a ser uno mismo", al tiempo que destacó la "lucha" de las organizaciones sociles que bregaron por esta ley.
La senadora del Peronismo Federal Sonia Escudero consideró que esta ley permitirá "reparar y restituir derechos a la comunidad trans en la Argentina" y que lo cambios que implica la ley "de ningún modo afectan los derechos y obligaciones legales de las personas, por cuanto se mantiene el mismo número de DNI".
Por su parte, el socialista Rubén Giustiniani sostuvo que con la sanción de esta ley "se harán efectivos los derechos constitucionales a la identidad y la salud de las personas trans" y la legislación se equiparará "a las legislaciones más modernas, como la sancionada en el DF de México y en Uruguay".
La sesión fue presenciada desde los palcos por miembros de la comunidad homosexual y trans, quienes festejaron la sanción de la nueva norma con aplausos, luego de que el radical Ernesto Sanz pidiera una excepción a la norma que prohíbe esas manifestaciones en el recinto.

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El Senado sancionó este miércoles por 55 votos a favor y una abstención la ley de identidad de género por la que cualquier persona podrá solicitar el cambio del sexo y del nombre con el que fue registrada al nacer.
La nueva ley define la identidad de género como "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo".
En este sentido, establece que "toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género y al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género".
Por ello, el artículo tercero de la ley señala que "toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida".
Para esto, las personas que deseen cambiar su identidad deberá acreditar la edad mínima de 18 años y presentar ante el Registro Nacional de las Personas o sus oficinas seccionales correspondientes, una "solicitud para la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original".
El artículo cuatro de la ley, en el inciso tres, remarca que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico", para solicitar el cambio de identidad.
En tanto, en el caso de las personas menores de edad, la solicitud deberá ser presentada "a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor".
Además, la ley contiene un artículo referido a la confidencialidad, según el cual sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria "quienes cuenten con autorización del/a titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada".
"No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de prenombre en ningún caso, salvo autorización del/a titular de los datos", argega el artículo 9.
La única abstención en la votación en general fue de la peronista federal Graciela di Perna, mientras que los senadores del Partido Renovador Salteño y de la Coalición Cívica, Agustín Pérez Alsina y María Eugenia Estenssoro, respctivamente, se abstuvieron en particular en el artículo referido a los menores de edad.
El presidente del bloque oficialista, Miguel Ángel Pichetto, afirmó que "el Congreso ha estado a la altura de igualar derechos y permitir a la gente ser más feliz, que es el verdadero derecho humano".
"Detrás de cada persona diferente hay mucha gente que surfe y esta norma es reparadora, como lo fue la ley de matrimonio igualitario. Sin ese debate hubiera sido muy difícil tratar esta norma", señaló Pichetto.
En tanto, el jefe del bloque de la UCR, Luis Naidenoff, sostuvo que se trata de "una conquista significativa" porque porque permite "vivir y ejercer el derecho a ser uno mismo", al tiempo que destacó la "lucha" de las organizaciones sociles que bregaron por esta ley.
La senadora del Peronismo Federal Sonia Escudero consideró que esta ley permitirá "reparar y restituir derechos a la comunidad trans en la Argentina" y que lo cambios que implica la ley "de ningún modo afectan los derechos y obligaciones legales de las personas, por cuanto se mantiene el mismo número de DNI".
Por su parte, el socialista Rubén Giustiniani sostuvo que con la sanción de esta ley "se harán efectivos los derechos constitucionales a la identidad y la salud de las personas trans" y la legislación se equiparará "a las legislaciones más modernas, como la sancionada en el DF de México y en Uruguay".
La sesión fue presenciada desde los palcos por miembros de la comunidad homosexual y trans, quienes festejaron la sanción de la nueva norma con aplausos, luego de que el radical Ernesto Sanz pidiera una excepción a la norma que prohíbe esas manifestaciones en el recinto.

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