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Cuatro procesados por la toma de un yacimiento

Miércoles, 15 de agosto de 2012 21:13

Cuatro trabajadores pertenecientes a los “dragones”, una rama disidente de la Uocra (Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina), entre ellos el dirigente Guido Dickanson, fueron procesados ayer por la Justicia federal por los incidentes generados en junio en el yacimiento chubutense Cerro Dragón, medida que se extenderá a otras personas, adelantó la jueza Eva Parcio.

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Cuatro trabajadores pertenecientes a los “dragones”, una rama disidente de la Uocra (Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina), entre ellos el dirigente Guido Dickanson, fueron procesados ayer por la Justicia federal por los incidentes generados en junio en el yacimiento chubutense Cerro Dragón, medida que se extenderá a otras personas, adelantó la jueza Eva Parcio.

Los procesamientos alcanzaron a Dickanson, Raúl Murga, Daniel Ojeda y Luis Olivares por la “promoción de los disturbios”, pero ninguno de ellos irá preso porque el delito que se les imputó es excarcelable. La jueza explicó que: “es muy numerosa la cantidad, por lo que los procesamientos irán saliendo en grupos”.

Parcio explicó que “el objeto de esta causa es la investigación de los hechos producidos desde el 21 al 24 de junio” en el yacimiento Cerro Dragón que explota la empresa petrolera Pan American Energy, donde trabajadores de la construcción tomaron el predio en reclamo de mejoras salariales y su equiparación con las condiciones laborales de los obreros del gremio petrolero. La protesta derivó luego en desmanes, roturas de oficinas y el incendio de vehículos, al punto que la magistrada pidió refuerzos a Gendarmería Nacional.

Parcio consideró que “se trata de una agrupación de personas que tenían previo a este hecho, objetivos comunes de defender sus derechos laborales y que ese día sumó la violencia e intimidación sobre el yacimiento. Esta violencia provocó la imposibilidad de desarrollar actividades por parte de la operadora”.

En ese sentido, la jueza remarcó que el Código Penal castiga a “personas que perturbaren el normal desenvolvimiento de un establecimiento industrial, con violencia” con penas que van de 3 a 8 años de prisión y aclaró que “si se impone la pena de 3 años no se puede pedir la prisión preventiva” de los imputados.

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