¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

13°
19 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

La prisión perpetua para menores es inconstitucional

Martes, 21 de agosto de 2012 20:46

La aplicación de la pena de prisión perpetua para menores de edad fue declarada inconstitucional. Así lo determina un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que resolvió sobre tres recursos de revisión planteados por la Defensa Pública Oficial.
El fallo del máximo tribunal penal del país declaró inconstitucional aplicar el artículo 80 inciso 7 del Código Penal -prisión perpetua por homicidio criminis causa- a niños, niñas y adolescentes, en los casos de favor de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, que habían sido denunciados ante la Corte Interamericana de derechos humanos (CIDH).
En 1999, César Alberto Mendoza fue condenado a prisión perpetua por el Tribunal Oral de Menores Nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires, acusado por el robo de tres vehículos, cuatro asaltos a mano armada y dos homicidios calificados. Los hechos delictivos fueron cometidos en 1996, cuando Mendoza tenía 17 años.
En tanto, Claudio David Núñez fue condenado a perpetua por asaltos a mano armada, lesiones y cinco homicidios calificados, cuando tenía 17 años.
Lucas Matías Mendoza fue condenado a perpetua por dos homicidios calificados y asaltos a mano armada cometidos cuando tenía 16 años.
Estas condenas fueron denunciadas ante la CIDH, junto a los casos de Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal, el primero de los cuáles falleció en prisión en 2005. Según la denuncia presentada, Videla Fernández y Roldán Cajal ‘fueron sometidos a condiciones de detención incompatibles con su dignidad humana en la Penitenciaría Provincial de Mendoza, situación que dio lugar a la muerte de Ricardo David Videla Fernández, quien padecía problemas de salud mental, sin que el Estado adoptara medidas razonables para prevenir su muerte y, posteriormente, investigarla efectivamente‘.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La aplicación de la pena de prisión perpetua para menores de edad fue declarada inconstitucional. Así lo determina un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que resolvió sobre tres recursos de revisión planteados por la Defensa Pública Oficial.
El fallo del máximo tribunal penal del país declaró inconstitucional aplicar el artículo 80 inciso 7 del Código Penal -prisión perpetua por homicidio criminis causa- a niños, niñas y adolescentes, en los casos de favor de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, que habían sido denunciados ante la Corte Interamericana de derechos humanos (CIDH).
En 1999, César Alberto Mendoza fue condenado a prisión perpetua por el Tribunal Oral de Menores Nº 1 de la Ciudad de Buenos Aires, acusado por el robo de tres vehículos, cuatro asaltos a mano armada y dos homicidios calificados. Los hechos delictivos fueron cometidos en 1996, cuando Mendoza tenía 17 años.
En tanto, Claudio David Núñez fue condenado a perpetua por asaltos a mano armada, lesiones y cinco homicidios calificados, cuando tenía 17 años.
Lucas Matías Mendoza fue condenado a perpetua por dos homicidios calificados y asaltos a mano armada cometidos cuando tenía 16 años.
Estas condenas fueron denunciadas ante la CIDH, junto a los casos de Ricardo David Videla Fernández y Saúl Cristian Roldán Cajal, el primero de los cuáles falleció en prisión en 2005. Según la denuncia presentada, Videla Fernández y Roldán Cajal ‘fueron sometidos a condiciones de detención incompatibles con su dignidad humana en la Penitenciaría Provincial de Mendoza, situación que dio lugar a la muerte de Ricardo David Videla Fernández, quien padecía problemas de salud mental, sin que el Estado adoptara medidas razonables para prevenir su muerte y, posteriormente, investigarla efectivamente‘.

Fuente: La Nación

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD