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Avanza un proyecto pedido por víctimas de accidentes viales

Miércoles, 20 de noviembre de 2013 02:43

La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación aprobó ayer un proyecto de ley que viene siendo demandado desde hace varios años por las organizaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito en la provincia. Se trata de una iniciativa que establece que los homicidios culposos que se cometan en accidentes de tránsito pero que tienen determinados agravantes, en el futuro no serán excarcelables.

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La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación aprobó ayer un proyecto de ley que viene siendo demandado desde hace varios años por las organizaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito en la provincia. Se trata de una iniciativa que establece que los homicidios culposos que se cometan en accidentes de tránsito pero que tienen determinados agravantes, en el futuro no serán excarcelables.

Tras su aprobación en comisión, el proyecto sería tratado ahora en el recinto de sesiones de Diputados el próximo 27 de este mes, y se da por descontado que recibirá el aval de la mayoría de los miembros de la Cámara baja.

El diputado nacional salteño Bernardo Biella es autor de uno de los cuatro proyectos que se unificaron para dar forma al texto que fue finalmente aprobado ayer.

En diálogo con El Tribuno, el legislador recordó que varios legisladores nacionales por la provincia y la ministra de Justicia María Inés Diez, se habían comprometido con los familiares de las víctimas de accidentes a impulsar esta iniciativa, por lo que la consideró “un deber cumplido”.

Luego detalló que el proyecto modifica los artículos 84 y 94 del Código Penal para agravar las penas a los conductores que se den a la fuga después de un accidente o no intenten socorrer a la víctima; a los que se encuentren bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a 1 gramo por litro de sangre, a los que circulen en exceso de velocidad de más de 50 kilómetros por encima de la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho; y a los que se encuentren utilizando su teléfono celular, tanto para realizar llamadas como para enviar mensajes de texto. En todos esos casos, al elevarse la pena mínima a tres años de prisión, el delito pasará a ser no excarcelable.

 

 

 

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