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Sigue el conflicto en la Dirección de Rentas

Jueves, 02 de mayo de 2013 01:19

El acuerdo consiste en un fondo estímulo del 1% sobre la recaudación, más el 2,5% sobre el incremento interanual.

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El acuerdo consiste en un fondo estímulo del 1% sobre la recaudación, más el 2,5% sobre el incremento interanual.

Los trabajadores de la Dirección General de Rentas insisten con sus reclamos al Gobierno de la Provincia para el cumplimiento del acta acuerdo que en materia salarial fuera homologada por el Ministerio de Trabajo el 26 de febrero de 2013. A través de este instrumento se acordó la participación de los empleados en un porcentaje (va del 1 al 2,5%) de la recaudación y la suba interanual de los ingresos medidos mes a mes.

Miguel Rojo, secretario general de la Asociación de Trabajadores de la Administración Pública Provincial (ATAP), y José Oscar Isela, de ATE, anunciaron que por esta situación el personal se mantiene en estado de alerta y movilización.

Explicaron que en el acta de marras firmada por el director del organismo, Diego Dorigato, se acordó la modificación del artículo 380 del Código Civil referente al fondo estímulo de los trabajadores.

“Esa modificación está incluida en el proyecto que el Gobierno provincial envió a la Legislatura para que se convierta en ley, pero ahora tomamos conocimiento de que se distorsionó lo que expresamente se homologó ”, denunciaron Rojo e Isela.

Por ese motivo responsabilizan de esta situación a Dorigato, a quien acusan de “mala fe”.

No obstante ello, los dirigentes sostienen que los convenios o laudos homologados después de un conflicto colectivo y en el proceso de conciliación tienen los mismos efectos que una ley, por lo que consideran que deben ser respetados los términos del acta original.

“Son de cumplimiento obligatorio y por lo tanto vamos a exigir que se cumplan los términos del acta firmada en su momento”, dijeron.

Se estableció un fondo estímulo para los trabajadores que consiste un uno por ciento del importe de la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones, más el 2,5 % adicional sobre el incremento interanual registrado en cada mes calculado a valores nominales históricos cuando éste sea positivo.

Cuando no se registren incrementos -dice el acta- se tomará el uno por ciento de la recaudación total del mes en cuestión y se debatirá por las sumas que se destinen al otorgamiento de premios estímulo.

Este adicional, se especifica, no podrá exceder la suma equivalente a dos sueldos percibidos por cada beneficiario durante el año.

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