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Avalan, otra vez, que la Virrey Toledo pase a llamarse Bicentenario de la Batalla de Salta

Lunes, 27 de mayo de 2013 15:42

La Justicia volvió a avalar el cambio de nombre de la avenida Virrey Toledo, que por una ordenanza del Concejo Deliberante pasó a llamarse avenida del Bicentenario de la Batalla de Salta, según informó el Procurador General del Gobierno de la Ciudad de Salta, Aníbal Anaquín.

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La Justicia volvió a avalar el cambio de nombre de la avenida Virrey Toledo, que por una ordenanza del Concejo Deliberante pasó a llamarse avenida del Bicentenario de la Batalla de Salta, según informó el Procurador General del Gobierno de la Ciudad de Salta, Aníbal Anaquín.

El funcionario explicó que el fallo fue dado a conocer hoy, por la sala quinta de la Cámara de Apelaciones, a cargo de juez Oscar Gustavo Koehle.

En noviembre del año pasado, el Concejo Deliberante de Salta sancionó una ordenanza para modificar el nombre de la avenida Virrey Toledo, por avenida del Bicentenario de la Batalla de Salta.

En febrero de 2013, cinco concejales (Aroldo Tonini, Martín Pérez Estrada, Ariel Burgos, Carlos Zapata y Raúl Medina) presentaron una acción de amparo, solicitando una medida cautelar para que se suspenda la ordenanza 14.496 y se declare su inconstitucionalidad. En la presentación, los ediles aducían “vicios groseros” durante el proceso de sanción.

El 18 de febrero, en tanto, Beatriz del Olmo de Perdiguero, jueza a cargo del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial, rechazó la medida cautelar. En su dictamen argumentó que los concejales que habían perdido la votación en el Concejo Deliberante no podían reeditar la discusión en sede judicial. Y también aseguró que no se percibía cuál podía ser el agravio o el daño que requería inmediatamente detener el cambio del nombre de la avenida. Tras esta medida, se pasó a otra instancia judicial para resolver la cuestión de fondo del amparo y la constitucionalidad o no de la decisión municipal.


Ante esta situación, el procurador municipal, Aníbal Anaquín, al contestar la demanda defendió al municipio argumentando “que el procedimiento de sanción de la ordenanza se había adecuado perfectamente a lo establecido por la Carta Municipal y estaba dentro de las competencias municipales la posibilidad o no de la modificación de los nombres de las arterias de esta ciudad”.
Y siguió: “Además, el municipio esgrimió la falta de legitimación de los concejales de la minoría y el error de utilizar la vía del amparo para este tipo de procesos”.


Siguiendo con el proceso, el viernes 24 de mayo, el juez de la sala quinta de la Cámara de Apelaciones, Oscar Gustavo Koehle receptó las defensas esgrimidas por el municipio desestimando la demanda interpuesta. El magistrado argumentó, entre otras cosas, que “el amparo es un procedimiento excepcional, utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que, por carecer de otras vías legales aptas, peligra la salvaguarda de derechos fundamentales y exige, para su apertura, circunstancias muy particulares caracterizadas por la presencia de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, que ante la ineficacia de los procedimientos ordinarios, originan en los amparistas un daño concreto y grave, solo eventualmente reparable por este camino urgente y expeditivo”.
 

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