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Los jubilados cobrarán el aguinaldo conjuntamente con haberes de junio

Domingo, 25 de mayo de 2014 01:14

(Roberto de Salta) ¿Es cierto que este año se adelanta el pago del aguinaldo? Yo cobro mi jubilación los últimos días del mes. ¿Cuándo cobraré el aguinaldo?

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(Roberto de Salta) ¿Es cierto que este año se adelanta el pago del aguinaldo? Yo cobro mi jubilación los últimos días del mes. ¿Cuándo cobraré el aguinaldo?

Este año los jubilados y pensionados cobraran el aguinaldo en el mes de junio conjuntamente con los haberes del mes de junio por lo tanto no es cierto que se adelante el pago del aguinaldo, ya que hace varios años que vienen cobrando de esta forma. Recordemos que el cronograma de pago para los haberes de junio comienza para las pensiones no contributivas desde 02 al 06 de Junio; los jubilados y pensionados del SIPA con haberes menores a $ 3.131 desde el 09 al 23 según la terminación del número de documento y los haberes que superen los $ 3.131 lo harán desde 24 al 30 de junio.

(Carlos de Salta) Porque Anses me suspende el adicional docente 14/09 de mi haber jubilatorio aduciendo que en la actualidad me encuentro en actividad como autónomos. ¿Los jubilados no estamos autorizados a reingresar a la actividad sin incompatibilidad alguna?

En estos últimos meses Anses tomo la determinación de suspender a varios jubilados docentes el adicional de régimen especial docente Resolución 14/09. En muchos casos representa casi el 50% del haber que percibían, según lo informado por el organismo previsional se debería a que estos jubilados se encuentran en actividad y que esa actividad es incompatible con la percepción de este adicional. En mi opinión esta decisión es incorrecta y además ilegal porque se suspendió el adicional sin previa resolución administrativa notificada al titular, violando el derecho a defensa del jubilado.

Cabe destacar que solamente los jubilados por la ley 24.016 y el Decreto 137/2005 tienen un régimen de incompatibilidad para trabajar en relación de dependencia excepto aquellos que trabajen como docentes universitarios o como autónomos.

Por lo tanto en este caso si usted desarrolla actividades de manera independiente como autónomo no tiene ninguna incompatibilidad y puede seguir percibiendo el mencionado adicional.

 

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