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Mirá aquí los fundamentos del fallo condenatorio por el crimen de Mamaní

Jueves, 04 de febrero de 2016 13:43

En la Sala III del Tribunal de Juicio se leyeron este mediodía los fundamentos de la condena contra José Javier Aramayo como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio en perjuicio de Marcela del Carmen Mamaní.

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En la Sala III del Tribunal de Juicio se leyeron este mediodía los fundamentos de la condena contra José Javier Aramayo como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio en perjuicio de Marcela del Carmen Mamaní.

La semana anterior los jueces de la Sala III en Feria condenaron a Aramayo a la pena de dieciséis años de prisión, accesorias legales y costas.

El Tribunal juzgador en esta causa estuvo integrado por los jueces Pablo Farah (presidente), Carolina Sanguedolce y Ángel Amadeo Longarte (vocales).

Los fundamentos de la sentencia inician advirtiendo que el juicio tuvo la particularidad de realizarse sin el cuerpo de la víctima, lo que según el tribunal no significa un impedimento para poder juzgar el caso:

"Previo a inducirnos en el análisis pormenorizado de la prueba y que abonan la conclusión precedentemente mencionada, es válido puntualizar que el caso bajo examen ofrece cierto grado de complejidad debido a una serie de falencias entre las que se destaca principalmente, que no se logró el hallazgo del cuerpo de la víctima. Tal extremo en modo alguno constituye un obstáculo insalvable que se erija en una suerte de impedimento legal para avanzar en el juzgamiento de este tipo de hechos. De lo contrario, los crímenes que presenten esta dificultad invariablemente caerían en saco roto, lo que se traduciría no solo en una premiación para el victimario que logre hacer desaparecer el cuerpo de la víctima, sino también en mayor grado de impunidad, y en definitiva en una negación del servicio de justicia".

También hace alusión a los resultados de los exámenes psiquiátrico y psicológico que se le realizaron a Aramayo sosteniendo que "dan cuenta de una personalidad impulsivo-agresivo-violento, con conductas psicopáticas". En este sentido se enfatiza en su manera impulsiva para actuar antes de pensar y también en los celos enfermizos que presentaba con Marcela.
Uno de los puntos más fuertes refiere a la violencia de género que el acusado ejercía para con la víctima. La exposición de la Lic. Cintia Emlise Medina es central describiendo el perfil de Marcela Mamaní y las constantes denuncias que la joven había realizado contra Aramayo. A esto se suman "los numerosos antecedentes que registra en su contra José Javier Aramayo por ante los fueros Penal y de Familia respectivamente siempre en perjuicio de Marcela Mamaní", sostiene el informe.
"Las consideraciones precedentes permiten afirmar que efectivamente la víctima concurrió por la vivienda del acusado la noche del 16/02 la madrugada del 17/02, circunstancias de lugar y tiempo en las que fue muerta a expensas de Aramayo, como consecuencia de la violencia que este venía ejerciendo sobre su persona", se afirma en los fundamentos. Al mismo tiempo, se plantea al estrangulamiento como el posible modo en que fue asesinada.
El Tribunal sostiene que "luego, contó con todo el tiempo suficiente para deshacerse y esconder el cuerpo de la víctima, si tiene en cuenta que la denuncia se radica en fecha 25/02/12, es decir nueve días después, y el registro de la vivienda del acusado se produce en fecha 29/02/12".
Finalmente, señala que la sentencia correspondiente es: "Condenar a José Javier Aramayo por resultar autor material y penalmente responsable del delito de Homicidio en los términos del artículo 45 y 79 del Código Penal (...) a la pena de dieciséis años de prisión, accesorios legales y costas".
Los fundamentos de la sentencia completos en la página web www.justiciasalta.gov.ar.

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