¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

23°
25 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Horacio Morales, abogado defensor de Lasi: "Me parece que este tipo de pena es condenarlo a muerte"

Viernes, 05 de febrero de 2016 01:00
Horacio Morales junto a su defendido, Lasi, en una de las audiencias del juicio en 2014.
A poco más de 24 horas desde que el Tribunal de Impugnación, a cargo de Rubén Eduardo Arias Nallar y Luciano Martini, resolviera modificar el fallo del doble crimen de las francesas Houria Moumni y Cassandre Bouvier, condenando a cadena perpetua a Gustavo Orlando Lasi -recibió 30 años de prisión en 2014- y a Santos Clemente Vera -absuelto en 2014- los distintos actores del caso salieron a escena.
El aberrante crimen de las turistas francesas ocurrió en junio de 2011, casi tres años después el Tribunal de Juicio de la Sala II, integrado por Ángel Longarte, Carlos Pucheta y Bernardo Ruíz, resolvió condenar a 30 años de prisión a Gustavo Lasi. Los otros dos sospechosos, Clemente Vera y Daniel Vilte Laxi, fueron absueltos, mientras que Pajarito Ramos y el Chato Sandoval fueron condenados a dos años de prisión en suspenso.
Revocado el fallo dictado el 2 de junio de 2014, en diálogo con El Tribuno el abogado defensor de Lasi expresó: "Lógicamente no comparto el fallo del Tribunal de Impugnación, en el que refiere una imposición de la pena perpetua en contra de mi defendido. Me parece que este tipo de penas lo único que hace es condenarlo a la muerte, tan exagerada condena no tiene otra consecuencia". El letrado indicó que "siempre sostenemos en el tiempo que la idea de una pena temporal le permitirá a cualquier reo, no solo a Lasi, tener una proyección de vida porque la ley que lo ampara -24.660- establece expresamente cuándo una persona penada puede gozar de ciertos beneficios".
Con esto último el doctor Morales está señalando que su defendido, considerado único culpable del crimen en la quebrada de San Lorenzo, podrá gozar de ciertos beneficios recién cuando hayan transcurrido 35 años, castigo que se impone con la perpetuidad de una pena. "Si se le impone una pena perpetua podrá gozar de beneficios después de 35 años de prisión, a esa altura de la vida empezar a gozar de algún beneficio es condenarlo a vivir en la cárcel, contrario a ciertos principios constitucionales que más se acercan a cuestiones de tormentos y azotes, prohibido por la Constitución Nacional. El Tribunal se equivoca al haber revocado la sentencia", afirmó.
Respecto a los pasos a seguir, el profesional del Derecho indicó que plantearán el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia de Salta, "sin embargo tengo entendido que la Corte local se manifestó a favor de la constitucionalidad de la prisión perpetua. Creo que la idea es dirimirlo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Cuando llegue a esa instancia a lo mejor la Corte está integrada con los nuevos miembros y creo que pueden tener un pensamiento más abierto en ese sentido".
¿Existen cuestiones políticas?

"No creo que haya cuestiones políticas, por lo menos el fallo al que accedí es estrictamente jurídico", respondió el defensor legal de Gustavo Lasi. "En aquel momento -cuando se dictó condena en el 2014- el Tribunal de Juicio declaró la inconstitucionalidad de la pena a prisión perpetua, porque iba en contra de la Constitución, por lo cual la condena fue temporal. Ahora el Tribunal de Impugnación dice que los jueces no pueden crear las penas, quien las crea es el Código Penal, donde para este tipo de delito está impuesta ese tipo de penas -a perpetuidad-. Ese es el argumento", explicó Morales.
La familia
"Hable con Lasi y su familia y por supuesto están muy mal, están amargados. Revocarle la pena y hablar de perpetua es una situación muy distinta. Con una pena temporal más o menos uno podía aconsejarlo en cuanto a su comportamiento, la ley tiene distintas fases en las que el reo vas escalando y puede tener beneficios. Con esto -prisión perpetua- recién después de 35 años", argumentó Morales.

El Ministerio, satisfecho con el giro
Tras el nuevo fallo que se dio a conocer el martes, Sergio Federico Obeid, fiscal penal que junto a un equipo hiciera la presentación del recurso de casación, se mostró satisfecho. En junio de 2014, apenas dictado el fallo por el doble homicidio de Bouvier y Moumni, Obeid, interinamente a cargo de la Fiscalía de Juicio y Ejecución 2, junto a un equipo, realizó la presentación de un recurso de casación en contra de la sentencia.
El martes la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó la sentencia de hace un año y ocho meses que condenaba a Gustavo Lasi a 30 años de prisión efectiva y absolvía por el beneficio de la duda a Santos Clemente Vera y a Daniel Octavio Vilte Laxi por el delito de doble homicidio calificado criminis causa con abuso sexual agravado y robo calificado en concurso real. Ahora, se condena con perpetua a Lasi y a Vera, detenido el mismo martes. En tanto, se sostuvo la absolución de Vilte Laxi por el beneficio de la duda. Consultado por lo resuelto en este fallo, Obeid sostuvo que hay conformidad desde el Ministerio Público Fiscal.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla
A poco más de 24 horas desde que el Tribunal de Impugnación, a cargo de Rubén Eduardo Arias Nallar y Luciano Martini, resolviera modificar el fallo del doble crimen de las francesas Houria Moumni y Cassandre Bouvier, condenando a cadena perpetua a Gustavo Orlando Lasi -recibió 30 años de prisión en 2014- y a Santos Clemente Vera -absuelto en 2014- los distintos actores del caso salieron a escena.
El aberrante crimen de las turistas francesas ocurrió en junio de 2011, casi tres años después el Tribunal de Juicio de la Sala II, integrado por Ángel Longarte, Carlos Pucheta y Bernardo Ruíz, resolvió condenar a 30 años de prisión a Gustavo Lasi. Los otros dos sospechosos, Clemente Vera y Daniel Vilte Laxi, fueron absueltos, mientras que Pajarito Ramos y el Chato Sandoval fueron condenados a dos años de prisión en suspenso.
Revocado el fallo dictado el 2 de junio de 2014, en diálogo con El Tribuno el abogado defensor de Lasi expresó: "Lógicamente no comparto el fallo del Tribunal de Impugnación, en el que refiere una imposición de la pena perpetua en contra de mi defendido. Me parece que este tipo de penas lo único que hace es condenarlo a la muerte, tan exagerada condena no tiene otra consecuencia". El letrado indicó que "siempre sostenemos en el tiempo que la idea de una pena temporal le permitirá a cualquier reo, no solo a Lasi, tener una proyección de vida porque la ley que lo ampara -24.660- establece expresamente cuándo una persona penada puede gozar de ciertos beneficios".
Con esto último el doctor Morales está señalando que su defendido, considerado único culpable del crimen en la quebrada de San Lorenzo, podrá gozar de ciertos beneficios recién cuando hayan transcurrido 35 años, castigo que se impone con la perpetuidad de una pena. "Si se le impone una pena perpetua podrá gozar de beneficios después de 35 años de prisión, a esa altura de la vida empezar a gozar de algún beneficio es condenarlo a vivir en la cárcel, contrario a ciertos principios constitucionales que más se acercan a cuestiones de tormentos y azotes, prohibido por la Constitución Nacional. El Tribunal se equivoca al haber revocado la sentencia", afirmó.
Respecto a los pasos a seguir, el profesional del Derecho indicó que plantearán el recurso de inconstitucionalidad ante la Corte de Justicia de Salta, "sin embargo tengo entendido que la Corte local se manifestó a favor de la constitucionalidad de la prisión perpetua. Creo que la idea es dirimirlo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Cuando llegue a esa instancia a lo mejor la Corte está integrada con los nuevos miembros y creo que pueden tener un pensamiento más abierto en ese sentido".
¿Existen cuestiones políticas?

"No creo que haya cuestiones políticas, por lo menos el fallo al que accedí es estrictamente jurídico", respondió el defensor legal de Gustavo Lasi. "En aquel momento -cuando se dictó condena en el 2014- el Tribunal de Juicio declaró la inconstitucionalidad de la pena a prisión perpetua, porque iba en contra de la Constitución, por lo cual la condena fue temporal. Ahora el Tribunal de Impugnación dice que los jueces no pueden crear las penas, quien las crea es el Código Penal, donde para este tipo de delito está impuesta ese tipo de penas -a perpetuidad-. Ese es el argumento", explicó Morales.
La familia
"Hable con Lasi y su familia y por supuesto están muy mal, están amargados. Revocarle la pena y hablar de perpetua es una situación muy distinta. Con una pena temporal más o menos uno podía aconsejarlo en cuanto a su comportamiento, la ley tiene distintas fases en las que el reo vas escalando y puede tener beneficios. Con esto -prisión perpetua- recién después de 35 años", argumentó Morales.

El Ministerio, satisfecho con el giro
Tras el nuevo fallo que se dio a conocer el martes, Sergio Federico Obeid, fiscal penal que junto a un equipo hiciera la presentación del recurso de casación, se mostró satisfecho. En junio de 2014, apenas dictado el fallo por el doble homicidio de Bouvier y Moumni, Obeid, interinamente a cargo de la Fiscalía de Juicio y Ejecución 2, junto a un equipo, realizó la presentación de un recurso de casación en contra de la sentencia.
El martes la Sala III del Tribunal de Impugnación revocó la sentencia de hace un año y ocho meses que condenaba a Gustavo Lasi a 30 años de prisión efectiva y absolvía por el beneficio de la duda a Santos Clemente Vera y a Daniel Octavio Vilte Laxi por el delito de doble homicidio calificado criminis causa con abuso sexual agravado y robo calificado en concurso real. Ahora, se condena con perpetua a Lasi y a Vera, detenido el mismo martes. En tanto, se sostuvo la absolución de Vilte Laxi por el beneficio de la duda. Consultado por lo resuelto en este fallo, Obeid sostuvo que hay conformidad desde el Ministerio Público Fiscal.

PUBLICIDAD