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El Gobierno anunciará reformas tributarias: se aplicará el IVA a servicios y al comercio por internet

Habría alícuotas más altas para bebidas alcohólicas, gaseosas y aguas saborizadas, y se aplicará IVA al comercio en portales como Mercado Libre, OLX, Alamaula, etc, y a servicios como Netflix o Spotify. Habría una alícuota del 5% a operaciones financieras de 1,4 o 1,5 millones.
Lunes, 30 de octubre de 2017 07:41

La reforma propone cambios importantes en impuestos internos y en el IVA para sectores con presión impositiva. En el primer caso se aplicarán nuevas alícuotas, más altas, a las cervezas, vinos, bebidas espirituosas y al champagne y, también, a las gaseosas, bebidas isotónicas y aguas saborizadas. Se estudia también aplicar impuestos mayores sobre los cigarrillos. 
Comenzarán a pagar IVA del 21% a los sectores de servicios por internet pagados en el país (tengan o no residencia en la Argentina), lo que incluye Netflix o Spotify, así como los contratos en el comercio electrónico de servicios intangibles en portales como Mercado Libre, OLX, Alamaula, etc, según publicó Ambito Financiero. 

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La reforma propone cambios importantes en impuestos internos y en el IVA para sectores con presión impositiva. En el primer caso se aplicarán nuevas alícuotas, más altas, a las cervezas, vinos, bebidas espirituosas y al champagne y, también, a las gaseosas, bebidas isotónicas y aguas saborizadas. Se estudia también aplicar impuestos mayores sobre los cigarrillos. 
Comenzarán a pagar IVA del 21% a los sectores de servicios por internet pagados en el país (tengan o no residencia en la Argentina), lo que incluye Netflix o Spotify, así como los contratos en el comercio electrónico de servicios intangibles en portales como Mercado Libre, OLX, Alamaula, etc, según publicó Ambito Financiero. 

Inmuebles y automóviles

Por iniciativa de la AFIP, se incluirá también una nueva ley de ‘Revalúo‘, que incluye un nuevo mecanismo de actualización de los activos que están alcanzados para calcular los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, y que incluyen inmuebles de todo tipo, bienes muebles amortizables, vehículos de todo tipo, acciones y participaciones accionarias en empresas de cotización cerrada, derechos de todo tipo (incluyendo a autor y concesiones), obras de arte y de colección, etc. Este ‘revalúo‘ incluye tanto a empresas como particulares y se aplicará sobre ejercicio vencido. Esto es, si la ley se aprueba en 2018 se comienza a ejecutar en 2019. Las alícuotas que se aplicarán irán de 5% a 15%, dependiendo el bien que se ‘revalúe‘. Este mecanismo deberá ser interpretado como una alternativa a la aplicación del ‘ajuste por inflación‘ que está suspendido por ley desde 1992 desde la misma creación de la ley de convertibilidad. Se estima que la aplicación del nuevo esquema impactaría entre el 5% y 10% del valor del bien y debería aplicar los reclamos de los privados.

Renta Financiera

Mauricio Macri dará hoy los lineamientos generales de una reforma impositiva y llamará a la clase política y económica a que la apoye. Habrá, según publicó Ambito Financiero, más tributos internos y la posibilidad de tomar a cuenta de ganancias al menos en una pequeña parte del impuesto al cheque. 
Como viene insistiendo el Gobierno, se trata de un proyecto fiscalmente conservador que busca que no se pierda recaudación. En otras palabras, si la sociedad en general está esperando una baja generalizada en la presión tributaria que hoy supera el 45% general, se verá defraudada. Sí puede haber buenas noticias para el sector privado industrial, que tendrá si elige reinvertir resultados tendrá una baja en la presión impositiva de 35% a 25%, de manera gradual y en un plazo de 4 años. 
Renta financiera será considerado como un impuesto nuevo, distinto a Ganancias y al IVA. Tendrá en una primera etapa una alícuota del 5% que se le añadirá a la rentabilidad que obtengan a algunos de los inversores del sistema financiero al finalizar la operación. Se aplicará a las operaciones por más de 1,4 o 1,5 millones de pesos (el monto se definirá a último momento) o a los intereses que superen una rentabilidad de 55.000 pesos. Estarán incluidos en el nuevo impuesto los tenedores de depósitos a plazos y títulos como Lebac. 
Renta financiera será coparticipado, con lo cual, se descarta, tendrá una larga vida en el sistema tributario argentino. Estarán también grabados las ADR en el momento de ser declaradas como renta por los inversores locales. 

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