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Está en vigencia el protocolo de personas desaparecidas

El Ejecutivo promulgó la ley 8048. Además de disponer la creación del registro provincial, determina reglas concretas para la actuación policial y judicial.
Sabado, 11 de noviembre de 2017 00:00

El Ejecutivo promulgó la ley y puso en vigencia el Registro Provincial de Personas Desaparecidas. Esta norma establece un protocolo con reglas concretas para la actuación policial y judicial.

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El Ejecutivo promulgó la ley y puso en vigencia el Registro Provincial de Personas Desaparecidas. Esta norma establece un protocolo con reglas concretas para la actuación policial y judicial.

Tanto el registro como el protocolo estarán bajo responsabilidad del Ministerio de Seguridad, cuyo titular, Carlos Oliver, no entró en la depuración que hubo en el Gabinete provincial. La ley 8048, publicada ayer en el Boletín Oficial, dispone que el Ministerio de Seguridad realizará un informe anual que contenga estadísticas de la situación de los casos registrados, dándoles, además, publicidad suficiente.

Para ello, la cartera deberá arbitrar medios presupuestarios para permitir que se publique la imagen de la persona desaparecida en medios de comunicación gráficos, radiales y televisivos, los que, a su vez, "deberán disponer un espacio sin cargo en distintos horarios del día".

El protocolo a seguir indica que una vez recibida la fotografía o identikit, los jefes de comisarías deberán arbitrar medios para su inmediata exhibición en canales de televisión y medios gráficos de la provincia, sin perjuicio de medidas que posteriormente puedan adoptar las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

La ley también establece que la omisión, el rechazo, la negación o dilación para tomar la denuncia, por parte de autoridades policiales o funcionario público judicial, "serán considerados incumplimiento de deber de funcionario público y pasible de sanción".

La ley dispone que el funcionario público que reciba una denuncia "deberá rotularla y tramitarla inmediatamente, sin dilación alguna y como urgente". Detalla que la carátula deberá consignar que se trata de un caso de desaparición de persona. Además, determina que la información deberá incorporarse al Registro Provincial de Personas Desaparecidas.

Los datos del mismo deberán ser actualizados permanentemente y en coordinación con instituciones nacionales e internacionales.

 

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