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La Justicia falló contra la educación religiosa y será una materia fuera del horario escolar

La Corte Suprema consideró que se discrimina a los alumnos no católicos y que no debe haber “ritos” en la jornada de estudio.El máximo tribunal del país dispuso eliminar un formulario que obliga a los padres a informar cuáles son sus creencias.
Miércoles, 13 de diciembre de 2017 00:00

Tras siete años de idas y vueltas en una compleja causa judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ayer que no se debe enseñar religión como parte del plan de estudios en las primarias estatales de Salta. Los jueces consideraron que se está discriminando a niños de familias no católicas en las aulas y, desde 2018, la asignatura se dictará fuera del horario de clase.

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Tras siete años de idas y vueltas en una compleja causa judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ayer que no se debe enseñar religión como parte del plan de estudios en las primarias estatales de Salta. Los jueces consideraron que se está discriminando a niños de familias no católicas en las aulas y, desde 2018, la asignatura se dictará fuera del horario de clase.

El caso que se resolvió ayer se había iniciado en 2010, cuando un grupo de familias de Salta en conjunto con la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) presentó un recurso de amparo colectivo para que la religión deje de ser una asignatura en las escuelas públicas.

Desde el Gobierno de Salta se argumentaba que la materia no era obligatoria porque los alumnos podían optar por no participar. Pero las familias planteaban que los chicos se veían forzados a asistir porque, de lo contrario, tenían que permanecer afuera del aula durante esa hora y se originaban situaciones discriminatorias o distinciones de acuerdo al credo.

La Corte Suprema opinó que es válida la Constitución Provincial, que establece el derecho a recibir formación religiosa en la escuela pública. Sin embargo, resolvió que es inconstitucional la ley de educación salteña, que determina que este tipo de enseñanza debe darse en horario de clase y como parte del programa formal.

Desde el Ministerio de Educación se sostenía también que la materia incluía valores universales que no estaban vinculados solo al catolicismo, pero el fallo destacó que los contenidos y la elección de los docentes "requieren el aval" de la autoridad religiosa, es decir, el Arzobispado.

La Corte destacó que está probado que en numerosas escuelas públicas se enseña y practica la catequesis católica exclusivamente. También manifestó que el Ministerio de Educación debe hacer lo necesario para que cesen los ritos, como rezar o ir a misa, durante la jornada de estudio.

"Patrones"

La Corte Suprema señaló además que en el sistema educativo local existen "patrones sistemáticos de trato desigualitario" hacia grupos minoritarios y hacia los no creyentes.

El máximo tribunal también cuestionó y ordenó dejar sin efecto una disposición de la Dirección de Educación Primaria, por la cual se obligaba a los padres a completar un formulario en el que debían expresar por escrito si deseaban que sus hijos reciban educación religiosa y qué credo preferían.

Las familias que iniciaron la causa denunciaban que, de esta manera, se imponía a los ciudadanos la necesidad de exponer ante una institución pública sus creencias, pese a que esa información debería pertenecer a su ámbito íntimo y personal.

El gobernador Juan Manuel Urtubey comunicó ayer que se reunió con la ministra de Educación, Analía Berruezo, y la fiscal de Estado, Pamela Calletti, para "adecuar la enseñanza religiosa a lo ordenado por la Corte y la Constitución Provincial".

El mandatario adelantó que la asignatura quedará como un área extracurricular que se dictará fuera del horario escolar.

La Corte especificó que, antes o después de la jornada de clase, se puede enseñar religión en el ámbito de la escuela.

La resolución se emitió con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.

Horacio Rosatti consideró que la ley de educación es constitucional, pero exhortó a la Provincia a adaptar los contenidos curriculares para que sean inclusivos y a "hacer cesar todo rito religioso durante la jornada escolar".

El juez Carlos Rosenkrantz se excusó de intervenir porque era miembro de la ADC cuando se inició la acción de amparo.

 

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