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19 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
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Empresas deberán dar más información a clientes

El objetivo es que los consumidores puedan ejercer sus derechos.
Viernes, 15 de diciembre de 2017 22:14

La Secretaría de Defensa del Consumidor de Salta informó que a partir del 18 de enero próximo las empresas estarán obligadas a detallar de manera clara y sencilla las características esenciales de los bienes y servicios que publicitan.
Las firmas también deberán difundir las condiciones de comercialización en las publicidades gráficas, radiales o televisivas. 
Esa información también deberá estar disponible para los consumidores en una página web y/o línea telefónica gratuita. 
La información referida al sitio de internet será brindada a través de la frase: “Para más información consulte en”; la mención a la línea telefónica será: “Para más información comuníquese gratuitamente al teléfono”.
En ningún caso, las frases podrán superponerse con otras, con música ni con otros sonidos que puedan dificultar la correcta audición. 
La información en la página web o la proporcionada telefónicamente no podrá desnaturalizar el objeto o contenido de la publicidad.
Si los comercios eligen la opción telefónica, la línea deberá estar disponible (como mínimo) los días y horas en los que el proveedor comercializa sus bienes y servicios.
Los medios radiales deberán proporcionar la referencia a la página web y/o línea telefónica en forma clara y audible.
Cuando se publiciten precios no financiados de bienes o servicios por cualquier medio, se deberá incluir el precio en lo que respecta a la moneda de pago y tipo de bien o servicio.
Además, se deberá detallar la marca, el modelo, tipo o medida, el país de origen del bien o servicio y la ubicación y alcance de lo ofrecido.
Cuando se publiciten precios financiados de bienes o servicios, por cualquier medio, la publicidad deberá incluir además el costo financiero total.
La exigencia tendrá vigencia desde enero de 2018, según la resolución 915E/2017 de la Secretaría de Comercio de la Nación. 
 

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La Secretaría de Defensa del Consumidor de Salta informó que a partir del 18 de enero próximo las empresas estarán obligadas a detallar de manera clara y sencilla las características esenciales de los bienes y servicios que publicitan.
Las firmas también deberán difundir las condiciones de comercialización en las publicidades gráficas, radiales o televisivas. 
Esa información también deberá estar disponible para los consumidores en una página web y/o línea telefónica gratuita. 
La información referida al sitio de internet será brindada a través de la frase: “Para más información consulte en”; la mención a la línea telefónica será: “Para más información comuníquese gratuitamente al teléfono”.
En ningún caso, las frases podrán superponerse con otras, con música ni con otros sonidos que puedan dificultar la correcta audición. 
La información en la página web o la proporcionada telefónicamente no podrá desnaturalizar el objeto o contenido de la publicidad.
Si los comercios eligen la opción telefónica, la línea deberá estar disponible (como mínimo) los días y horas en los que el proveedor comercializa sus bienes y servicios.
Los medios radiales deberán proporcionar la referencia a la página web y/o línea telefónica en forma clara y audible.
Cuando se publiciten precios no financiados de bienes o servicios por cualquier medio, se deberá incluir el precio en lo que respecta a la moneda de pago y tipo de bien o servicio.
Además, se deberá detallar la marca, el modelo, tipo o medida, el país de origen del bien o servicio y la ubicación y alcance de lo ofrecido.
Cuando se publiciten precios financiados de bienes o servicios, por cualquier medio, la publicidad deberá incluir además el costo financiero total.
La exigencia tendrá vigencia desde enero de 2018, según la resolución 915E/2017 de la Secretaría de Comercio de la Nación. 
 

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