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Las casas de juego de Angelici no pagarán Ganancias

Se trata de los bingos de Daniel Angelici, el principal operador judicial del presidente Macri. El juez Lavié Pico le otorgó una medida cautelar frente a sus quejas, ya que se resiste a pagar el impuesto.
Domingo, 17 de diciembre de 2017 07:11

Los bingos del principal operador judicial del presidente Mauricio Macri, Daniel Angelici, ya no pagan el impuesto a las Ganancias que se aplica al resto de la economía argentina. Obtuvo una medida cautelar que convalida su principal argumento: que ese tributo es "confiscatorio" para toda la industria del juego de acuerdo a como fue diseñado.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, le concedió a Angelici la medida cautelar tras compartir, de manera preliminar, sus objeciones a la ley 27.346, que creó un "impuesto específico sobre la realización de apuestas", y al decreto 179/17 de Macri, que elevó la alícuota del impuesto a las ganancias para el sector del 35 al 41,5%, según publicó La Nación.
Lavié Pico estimó que esa suba al 41,5% "aparecería como confiscatoria, violando así el derecho constitucional de propiedad", por lo que estimó que correspondía darle la cautelar a las empresas de Angelici.
Con esa medida cautelar a su favor, Angelici ya no tributará un piso de $ 14 millones anuales por sus bingos -como mínimo- y, a cambio, el juez Lavié Pico le ordenó depositar $ 1,5 millón como "caución" en Tribunales, según la resolución judicial.

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Los bingos del principal operador judicial del presidente Mauricio Macri, Daniel Angelici, ya no pagan el impuesto a las Ganancias que se aplica al resto de la economía argentina. Obtuvo una medida cautelar que convalida su principal argumento: que ese tributo es "confiscatorio" para toda la industria del juego de acuerdo a como fue diseñado.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, le concedió a Angelici la medida cautelar tras compartir, de manera preliminar, sus objeciones a la ley 27.346, que creó un "impuesto específico sobre la realización de apuestas", y al decreto 179/17 de Macri, que elevó la alícuota del impuesto a las ganancias para el sector del 35 al 41,5%, según publicó La Nación.
Lavié Pico estimó que esa suba al 41,5% "aparecería como confiscatoria, violando así el derecho constitucional de propiedad", por lo que estimó que correspondía darle la cautelar a las empresas de Angelici.
Con esa medida cautelar a su favor, Angelici ya no tributará un piso de $ 14 millones anuales por sus bingos -como mínimo- y, a cambio, el juez Lavié Pico le ordenó depositar $ 1,5 millón como "caución" en Tribunales, según la resolución judicial.

Los beneficiados

La medida cautelar, dispuesta el 13 de noviembre pero que hasta ahora no había trascendido, beneficia a tres sociedades del "Tano" Angelici: Bingo Ramallo SA, World Games SA, que controla un bingo en Pergamino e intereses en Brasil, y Desarrollos Maipú SA, con un casino en Mendoza.
Los abogados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apelaron la medida cautelar. Pero Lavié Pico se inclinó otra vez a favor del "Tano" Angelici y concedió el recurso con efecto "devolutivo". Es decir, que mientras se tramite la apelación, la medida cautelar seguirá vigente y, por tanto, los bingos de Angelici no tributarán el impuesto a las ganancias.

Le creyó a Angelici

El magistrado también consideró probado que existiría un "peligro en la demora" de no otorgarles la medida cautelar a los bingos de Angelici, ya que podrían ir "al quebranto" si debieran pagar la alícuota del 41,5%. Y para eso se apoyó en los cálculos contables que aportaron los abogados del propio Angelici pero que no llegaron a cotejarse con peritajes oficiales.
La cautelar que beneficia ahora a Angelici se extenderá hasta que el propio Lavié Pico dicte sentencia de fondo sobre la constitucionalidad de esa alícuota o se cumpla con el plazo máximo de 6 meses para la vigencia de las medidas cautelares -es decir, mayo del año próximo-, prorrogable por otros seis meses. Es decir, podría extenderse hasta fines de 2018.
El juez ya dio indicios en ese sentido en un expediente paralelo al reclamo de Angelici que inició en abril la Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimientos (Uadee), que nuclea a otros bingueros, pero no al operador de Macri, ni así tampoco a grandes jugadores como Codere, Bolt o Casino Club de Cristóbal López, tal como publicó La Nación el 20 de agosto pasado.
Patrocinados por el abogado Armando Canosa -de buenos vínculos con el camarista más preponderante del fuero, Sergio Fernández- los bingos nucleados en la Uadee lograron que Lavié Pico les otorgara la medida cautelar el 18 de mayo y que se las prorrogara el 14 de noviembre.

Reformas y Lilita

La ofensiva judicial de los bingueros -y de Angelici, en particular- complica los planes de recaudación fiscal que había trazado Macri a fines de 2016, cuando el oficialismo se ilusionó con compensar con un impuesto al juego la reducción de Ganancias que benefició a miles de contribuyentes.
La medida cautelar que benefició a Angelici, sin embargo, llegó antes que el Gobierno enviara al Congreso su paquete de reformas; entre ellas, la previsional, como así también antes de que trascendiera la alianza que el "Tano" tejió con Enrique "Coti" Nosiglia que malquistó, aún más, a Lilita Carrió.
Para la AFIP, la decisión judicial de Lavié Pico representó un traspié ya que había planteado su recusación "sin causa", pero el propio magistrado también la rechazó "por improcedente" el 2 de este mes, para once días después darle la razón preliminar al actual presidente de Boca Juniors.
La AFIP también objetó que Lavié Pico convirtiera el proceso "sumarísimo" en "ordinario", lo que en términos prácticos extenderá los plazos para tramitar el expediente, que demorará más en llegar a una definición, "lo cual podría redundar en un claro beneficio de la parte actora", reclamó el organismo.
"La prudencia y la razonabilidad con que se conduzca el juez resultan decisivas, más en casos como el presente donde se encuentran en juego la percepción de las rentas públicas", le reclamó la AFIP a Lavié Pico.
Sin embargo, el magistrado tampoco les dio la razón ante ese reclamo.
 

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