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25 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
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Empleadas estatales podrán extender la licencia por maternidad

Luego de la adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 24.716, las madres de hijos con síndrome de Down podrán extender de cinco a once meses la licencia por maternidad. Los seis meses de extensión son sin goce de sueldo, pero el organismo nacional de seguridad social establece una asignación equivalente a la que hubiera percibido en caso de prestar servicio.
Jueves, 07 de diciembre de 2017 22:38

Las trabajadoras que se desempeñen en la Administración Pública centralizada, descentralizada o autárquica, en el Poder Legislativo, Judicial o Ministerio Público de la Provincia de Salta, podrán extender su período de licencia por maternidad en el caso de tener un hijo con síndrome de Down.
 
Con la firma del gobernador Juan Manuel Urtubey y ministros del Poder Ejecutivo, fue promulgada la Ley N° 8059 a través del decreto N° 1732 que adhiere al Estado provincial a la Ley Nacional N° 24.716, que establece una extensión de licencia por maternidad a madres de hijos con síndrome de Down.
 
En la Administración Pública de Salta las madres tienen un régimen de licencia de cinco meses en casos de maternidad, que podrá ser extendido por otros seis meses desde la fecha del vencimiento del período anterior.  
 
Si bien la ley N° 24716 aclara que la extensión es sin goce de sueldo, establece una asignación familiar cuyo monto será igual a la remuneración que habría percibido si hubiera prestado servicios. Estos fondos corren por cuenta del organismo nacional de seguridad social.

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Las trabajadoras que se desempeñen en la Administración Pública centralizada, descentralizada o autárquica, en el Poder Legislativo, Judicial o Ministerio Público de la Provincia de Salta, podrán extender su período de licencia por maternidad en el caso de tener un hijo con síndrome de Down.
 
Con la firma del gobernador Juan Manuel Urtubey y ministros del Poder Ejecutivo, fue promulgada la Ley N° 8059 a través del decreto N° 1732 que adhiere al Estado provincial a la Ley Nacional N° 24.716, que establece una extensión de licencia por maternidad a madres de hijos con síndrome de Down.
 
En la Administración Pública de Salta las madres tienen un régimen de licencia de cinco meses en casos de maternidad, que podrá ser extendido por otros seis meses desde la fecha del vencimiento del período anterior.  
 
Si bien la ley N° 24716 aclara que la extensión es sin goce de sueldo, establece una asignación familiar cuyo monto será igual a la remuneración que habría percibido si hubiera prestado servicios. Estos fondos corren por cuenta del organismo nacional de seguridad social.

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