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Un fallo contra la AFIP libera los bienes de la Liga Salteña

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta anuló una sentencia que ordenaba la inhibición del patrimonio de la entidad madre del fútbol salteño.
Miércoles, 15 de marzo de 2017 00:56

Por Ramón Pereyra

En un caso que sienta precedente en la materia, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por la Liga Salteña de Fútbol y revocó por unanimidad la inhibición general de bienes que había dispuesto un tribunal inferior contra la asociación civil a pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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Por Ramón Pereyra

En un caso que sienta precedente en la materia, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por la Liga Salteña de Fútbol y revocó por unanimidad la inhibición general de bienes que había dispuesto un tribunal inferior contra la asociación civil a pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El fallo de la Cámara Federal de Apelaciones es el primero en su tipo que se dicta en la provincia de Salta.

La resolución puede ser recurrida por el organismo recaudador federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En el fallo, adoptado el pasado 6 de marzo, la Cámara Federal de Apelaciones sentenció que las medidas cautelares -de embargos, inhibiciones u otros-, contra los contribuyentes, se justifican cuando existe un riesgo “altamente probable” de insolvencia, un extremo que debe ser comprobado en cada caso por quien solicita la medida. 

Anteriormente, un tribunal inferior de la Justicia Federal, a solicitud de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), había emitido un fallo que le impedía a la Liga Salteña de Fútbol disponer libremente de su patrimonio.
Frente a esta medida, la entidad rectora del fútbol salteño presentó una apelación.

Este recurso judicial fue interpuesto por el abogado tributarista Pablo Atea, como apoderado de la Liga Salteña de Fútbol.

“La inhibición general de bienes revocada por la Cámara Federal tuvo su origen en el marco de un procedimiento administrativo de determinación de oficio seguido por la Administración Federal de Ingresos Públicos contra Liga Salteña de Fútbol”, explicó a El Tribuno el apoderado.

El letrado agregó que el organismo fiscal logró obtener esa medida en la Justicia Federal de primera instancia, “basándose para ello en normas internas, dictadas por el propio ente fiscal, y aún cuando los presupuestos de hecho y de derecho no se encontraban reunidos, ni siquiera, para la concesión de la cautelar pedida por la AFIP”.

“El fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta pone un límite al accionar de la AFIP, que mediante la invocación de normas dictadas por ella misma y con sustento en simples liquidaciones administrativas, que no gozan de razonabilidad ni presunción de legitimidad, pretende arbitrariamente la traba de medidas cautelares contra los contribuyentes”, concluyó el abogado.

La Liga Salteña de Fútbol fue fundada el 10 de abril de 1921 y va en camino a cumplir, el próximo mes, 96 años como asociación civil.

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