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Sáenz reglamentó la ordenanza que prohíbe la venta y el uso de bombas de estruendo

Ya en junio pasado, el jefe comunal había promulgado la ordenanza que fue aprobada en mayo de este año por el Concejo Deliberante.
Miércoles, 06 de septiembre de 2017 18:40

El intendente de Salta, Gustavo Sáenz, firmó el decreto municipal Nº 0797/17, que reglamenta la ordenanza que prevé la prohibición de la venta, utilización o tenencia de los artificios pirotécnicos.

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El intendente de Salta, Gustavo Sáenz, firmó el decreto municipal Nº 0797/17, que reglamenta la ordenanza que prevé la prohibición de la venta, utilización o tenencia de los artificios pirotécnicos.

En su artículo primero, el Decreto establece que “quedan incluidos en las disposiciones del artículo 25 de la Ordenanza Nº 11.666, modificada por Ordenanza 15.280, los artificios pirotécnicos cuya venta, utilización, tenencia y/o fabricación en locales habilitados que reúnan las siguientes características: morteros y bombas de estruendo que excedan de 2“.

Luego de rubricar el decreto, Sáenz recordó que, durante su período como legislador “este fue un tema en el que se comprometió a trabajar y lo sigue estando”. “Tenemos que ser conscientes de que cuando arrojamos estos artefactos generamos un gran daño en mucha la gente, como las personas con autismo o problemas en el sistema nervioso, en los ancianos, personas hospitalizadas, niños recién nacidos, trastornos en familias con mascotas, etcétera”, explicó.

Además, el Intendente llamó a los vecinos de la ciudad a expresarse de maneras que no dañan al otro. Como comunidad estamos avanzando en este sentido, pero falta educación y ponerse en el lugar de los demás.

 

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