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La Justicia reconoce serias fallas edilicias en una clínica privada

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Novena Nominación condenó a un centro médico de seis pisos, ubicado en Adolfo Güemes 82, a adecuarse a normas sismorresistentes.
Martes, 30 de octubre de 2018 02:13

Tras casi una década de litigio, la Justicia salteña terminó por dar la razón a un vecino afectado por la construcción de una clínica de seis pisos detrás de su casa, en un fallo que puede sentar precedente sobre el centenar de denuncias que existen en contra de edificios de altura que no cumplirían normas antisísmicas básicas en la capital provincial.

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Tras casi una década de litigio, la Justicia salteña terminó por dar la razón a un vecino afectado por la construcción de una clínica de seis pisos detrás de su casa, en un fallo que puede sentar precedente sobre el centenar de denuncias que existen en contra de edificios de altura que no cumplirían normas antisísmicas básicas en la capital provincial.

La titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Novena Nominación, Guadalupe Valdés Ortiz, condenó a Emprendimiento Adolfo Güemes S.A. a reformar el edificio del Instituto Médico de Alta Complejidad (IMAC), ubicado en Adolfo Güemes 82, para que se adecue a las regulaciones arquitectónicas de prevención por terremotos.

En esta causa fue la parte denunciante, la administradora del IMAC, la que resultó con un tiro por la culata. La empresa había iniciado acciones legales en contra del ingeniero Felipe Flores porque el profesional nunca permitió el ingreso a su propiedad de los operarios de una constructora para revocar y pintar el costado norte de la clínica que comparte con el patio de su vivienda de calle España. El vecino siempre se opuso porque observó, desde que se empezó a levantar el edificio, distintas irregularidades en la obra que registró en centenares de fotos y luego corroboraron peritos.

Una foto tomada por Flores, en la que se ven incumplimientos elementales en la obra.

Flores denunció todas esas anomalías en la Municipalidad capitalina, que en varias oportunidades ordenó la suspensión de los trabajos de construcción, aunque el proyecto igual avanzó hasta que se completaron los seis pisos y la institución médica comenzó a funcionar, en enero de 2014, con todas las habilitaciones estatales correspondientes, incluso las de la comuna. De todas maneras, el edificio quedó sin un importante sector sin revocar, en el que se pueden ver a simple vista los detalles que la jueza Valdés Ortiz incluyó en los fundamentos de su fallo.

"Todo lo que se pudo hacer mal en esta obra se hizo. Preocupa que otros edificios en la ciudad puedan tener las mismas fallas", dijo Felipe Flores, vecino damnificado

La sentencia, que fue emitida el 3 de septiembre pasado, no solo exculpó de la demanda a Felipe Flores y a su hijas, quienes son propietarias legales de la vivienda colindante a la clínica, sino que avanzó sobre las responsabilidades de la sociedad Emprendimiento Adolfo Güemes.

La magistrada ordenó a la empresa a colocar un enmallado en ambas caras del muro que comparte el IMAC con la propiedad de Flores. El trabajo debería hacerse en 90 días bajo apercibimiento de aplicación de multas diarias y acumulativas de $10.000.

El fallo fue apelado por la sociedad empresarial y también por los damnificados de la construcción, según explicó Felipe Flores a El Tribuno, quien solicitó que directamente se demuela la gigantesca pared de 20 metros de ancho que comparte con su vecino por la cantidad de falencias detectadas, a la vez de poner en duda la eficacia de un enmallado superficial ante un sismo fuerte.

Las pericias

Para que los peritos puedan hacer estudios en la obra cuestionada, Flores instaló en su patio un andamio que llega a la altura del cuarto piso del IMAC. En distintas picadas que hicieron sobre la pared, el perito oficial y uno de parte confirmaron que no se cumplió con la correcta instalación de estructuras encadenadas de hierros y columnas para que la construcción sea sismorresistentes.

En palabras técnicas citadas por la jueza: "Existe la posibilidad de que ante las acciones de movimientos sísmicos las respuestas de los muros exteriores que se presentan ejecutados como de cerramiento y a la vez de revestimiento del edificio no respondan a la estabilidad exigida de mantenerse en su posición, y sufrir roturas y desprendimiento de partes que perjudiquen al sector en conjunto". En términos coloquiales: el edificio no está preparado para un terremoto.

Se advierte también que "los incumplimientos de las normas, señalados durante los puntos de pericia, son de carácter grave".

Otro de los errores en la construcción de la clínica es que no tiene junta sísmica, al menos, con la medianera de Flores. Ese ingenio arquitectónico consiste en la separación que debe tener una obra de altura de las propiedades colindantes, para evitar que el movimiento de la estructura más grande durante un posible temblor arrastre a las viviendas contiguas. Para observar esa falencia no es necesario ser un experto.

Las obligaciones técnicas para construir en una zona de elevada peligrosidad sísmica como es Salta, que está en el nivel 3 de los 4 que fija el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (Inpres), están regidas por la normas de ese mismo organismo oficial.

Expresamente, los objetivos de esas regulaciones son, entre otros: evitar pérdidas de vidas humanas y accidentes que pudieran originarse por la ocurrencia de cualquier evento sísmico; evitar que se originen colapsos y daños que puedan poner en peligro a las personas o que inutilicen totalmente las estructuras durante sismos muy severos.

La Provincia adhirió a las regulaciones del Inpres mediante la ley 5.556, promulgado en marzo de 1980.

Los planos y la realidad

La resolución de la jueza Guadalupe Valdés Ortiz dejó en claro que los planos de edificación del IMAC, que fueron aprobados por el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines de Salta (Copaipa) y que deberían haber sido corroborados por la Municipalidad capitalina no concuerdan con la obra terminada.

"No existe concordancia entre los planos de estructura aprobados y lo ejecutado", fija el fallo judicial.

Se advierte, incluso, que el cálculo de estructura de resistencia del edificio es hasta el nivel de 18 metros, "mientras que la obra ejecutada en esos módulos posee un nivel más, hasta la cota más 21 metros", consigna el expediente. "Esto resulta de suma importancia porque este nivel implica una mayor carga sobre la estructura, la que debe ser contemplada en los cálculos, no surgiendo de la documentación que se lo haya hecho", se explica en el documento.

Denuncias que siguen sin ninguna resolución

Desde 2009 se tramita en la Justicia salteña una causa penal promovida por la organización vecinal Red Sol en contra de 94 edificios del macro y microcentro de la capital por diversas irregularidades en su construcción.

En más de la mitad de los edificios denunciados, profesionales designados por la Justicia advirtieron que muchas de las obras se ejecutaron sin planos aprobados, factibilidad de servicios esenciales, estudios de impacto ni juntas sísmicas.

En la causa están imputados quienes conformaban la Comisión Asesora Técnica (CAT), que habilitó la construcción, en carácter excepcional, de los inmuebles denunciados. En esa entidad intervenían funcionarios municipales, concejales y miembros de los colegios profesionales del rubro. También son investigados empresarios de la construcción por la supuesta falsificación de documentos.

En 2015, Red Sol incorporó a otros 35 inmuebles en una presentación realizada ante la Procuración General. La denuncia apunta a que esas construcciones habrían vulnerado códigos de edificación y planeamiento urbano. La entidad civil estimó que solo en los últimos 14 años se construyeron más de 800 edificios en la ciudad de Salta sin que su seguridad sísmica fuera evaluada en obra por algún órgano responsable y con un protocolo preestablecido. "Se ha puesto en riesgo potencial la vida de miles de personas", afirmó la titular de Red Sol, María Elena Jiménez.

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