¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

23°
19 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

No le pidamos coherencia al olmo

Miércoles, 14 de noviembre de 2018 00:00

No sé si mantiene vigencia, pero en mi infancia cada vez que nuestra madre nos sorprendía en falta (no grave) nos lanzaba un: ­qué bonito, ¿no?!, lo que estás haciendo. Si al Gobierno nacional le dijéramos esa frase por cada yerro, traspié, imprudencia, incoherencia, irregularidad, imprevisión o torpeza cometida en estos tres años nos quedaríamos sin bonitos en el estanque (puesto que también es un pez).

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

No sé si mantiene vigencia, pero en mi infancia cada vez que nuestra madre nos sorprendía en falta (no grave) nos lanzaba un: ­qué bonito, ¿no?!, lo que estás haciendo. Si al Gobierno nacional le dijéramos esa frase por cada yerro, traspié, imprudencia, incoherencia, irregularidad, imprevisión o torpeza cometida en estos tres años nos quedaríamos sin bonitos en el estanque (puesto que también es un pez).

Pero ahora nos estamos refiriendo al bonito de fin de año que nos "regala" el Poder Ejecutivo Nacional. No le pidamos coherencia al olmo, ni peras a la congruencia. Hace solo cuatro meses el Presidente largó un DNU reconociendo la grave contradicción del gobierno al estar homologando "sumas no remunerativas" (práctica iniciada en el gobierno K) que ocasionaban grave pérdida de recaudación de la Anses y una especie de fraude legal a los trabajadores. Por ello en forma categórica prohibió a los sindicatos pactar sumas no remunerativas y ordenó al Ministerio de Trabajo no homologar los acuerdos y convenios que fijen sumas no remunerativas para "garantizar la sustentabilidad de los principios que fundamentan las cargas sociales, en miras de la equidad y el interés público". A solo 120 días de aquella disposición nos encontramos con que el DNU N´ 1043/2018, sancionado ayer, establece en su primer artículo "una asignación no remunerativa de cinco mil pesos".

En esta columna buscamos responder interrogantes que nadie realiza o formular interrogaciones que nadie se cuestiona. En ese orden cabe preguntarse si el Poder Ejecutivo tiene facultades para dictar una norma con este contenido. Claro que no. Por eso al decreto se le dio formato de "necesidad y urgencia", casi asimilable a una ley. Pero cabe indagar más allá ¿una ley podría ordenar el pago de una suma de dinero que no ha sido consensuada por las partes? Parecería que tampoco. Ni siquiera al pretender amparase en el régimen de convenciones colectivas de trabajo del sector privado, como confusamente se hace en los considerandos del decreto de marras. Tampoco es válida la argumentación que allí se expone de que resulta urgente y necesario adoptar las medidas pertinentes para que, con la celeridad del caso, se mantengan los estándares adquisitivos de las remuneraciones que han sido considerados por las partes colectivas al momento de celebrar los citados acuerdos. Con ese criterio la totalidad de los habitantes de nuestro país deben ser compensados, ya que todos han sufrido la pérdida del poder adquisitivo que conlleva la inflación. Obviamente los trabajadores son los más castigados, pero esta norma -como veremos- deja sin cobertura a amplios sectores. Es, al menos, dudoso que esta norma pueda pasar un filtro de constitucionalidad de nuestros tribunales.

El alcance de este beneficio no es tan amplio como se supone. En primer lugar quedan excluidos los trabajadores del sector público; los del sector nacional por decisión del propio PEN y los provinciales y municipales, porque dependen de sus propias jurisdicciones. Expresamente el decreto excluye a trabajadores domésticos, rurales y de la construcción. Los dos primeros aún pueden lograr alguna bonificación que se resuelva en las comisiones nacionales que los regulan. Claro está que los trabajadores domésticos difícilmente alcancen un bono de $5.000, ya que equivaldría al 50% de su sueldo. Llama la atención la exclusión de los trabajadores de la construcción, sobre lo que no se conoció explicación. También quedan fuera los monotributistas y los jubilados. Sin embargo, se habla de un bono a cobrar en diciembre por los jubilados, pensionados y destinatarios de la asignación universal por hijo. Por supuesto quedan excluidos los trabajadores no registrados, que constituyen casi un 40% de la fuerza laboral argentina. ¿Cuándo las cámaras empresarias se darán cuenta que deben iniciar una formidable campaña en contra de quienes gracias a la ilegalidad se benefician con una competencia desleal?

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

PUBLICIDAD