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Para la Justicia no hubo desaparición forzada en el caso de Santiago Maldonado y cerró la causa

El juez de Esquel Gustavo Lleral dio por cerrado el hábeas corpus. Además sobreseyó al gendarme Emmanuel Echazú. En el expediente se investigaban las causas por las cuales el joven se ahogó en el río Chubut. 
Jueves, 29 de noviembre de 2018 12:35

El juez federal de Esquel Gustavo Lleral dio por cerrado el hábeas corpus por Santiago Maldonado y dijo que no hubo desaparición forzada. “Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado. Nadie resultó señalado por la prueba que se colectó como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”, dijo el juez LLeral

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El juez federal de Esquel Gustavo Lleral dio por cerrado el hábeas corpus por Santiago Maldonado y dijo que no hubo desaparición forzada. “Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado. Nadie resultó señalado por la prueba que se colectó como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”, dijo el juez LLeral

La conclusión fue expuesta al disponer el sobreseimiento definitivo del gendarme Emmanuel Echazú, por lo que se dio por finalizado el trámite del expediente del habeas corpus.

Maldonado tenía 28 años y 1 de agosto de 2017 desapareció en medio de un operativo de desalojo que llevó adelante Gendarmería en la zona de Cushamen. Su cuerpo apareció en el río Chubut el 17 de octubre de ese año.

En los últimos días, una nueva evidencia demostraría que el cuerpo del joven tatuador permaneció 80 días en las heladas aguas del río. Las pruebas que realizó el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) sobre un conjunto de DNI similares al que portaba Maldonado determinaron que el documento permaneció junto al cuerpo por casi tres meses. Los exámenes se hicieron a una temperatura de 5º C. Sin embargo, la familia del joven consideró “irrelevante” esta parte de la investigación y rechazó la pericia.

Tras la resolución judicial, Echazú quedó sobreseído en la causa que lo tenía en la mira por su rol en el desalojo. El gendarme había sido herido en el rostro por un piedrazo arrojado por un miembro de la comunidad mapuche de Resistencia, en Cushamen, cuando la fuerza de seguridad desalojó un corte de la ruta 40. Fue, además, uno de los uniformados que avanzó hacia el río Chubut en dirección hacia los mapuches.

Fue en ese contexto en el que Maldonado se arrojó al río para escapar y murió ahogado. Ahora la justicia entiende que el joven no fue víctima de una desaparición forzada y que no existen responsabilidades penales en la actuación de los uniformados de la Gendarmería. La causa se archivará en el juzgado de Esquel.

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