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El Tribunal de Disciplina sancionó a River

Se resolvió una multa económica y dos partidos de local a puertas cerradas. La entidad sudamericana oficializó cómo se definirá la Copa Libertadores. El Santiago Bernabéu es la sede elegida. 
Jueves, 29 de noviembre de 2018 20:03

River también perdió. El equipo de Marcelo Gallardo resignó su localía porque el partido se disputará a 10 mil kilómetros, en el estadio Santiago Bernabéu, y no en un Monumental repleto. Los 66 mil hinchas que habían adquirido una entrada, en ese sentido, también perdieron.

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River también perdió. El equipo de Marcelo Gallardo resignó su localía porque el partido se disputará a 10 mil kilómetros, en el estadio Santiago Bernabéu, y no en un Monumental repleto. Los 66 mil hinchas que habían adquirido una entrada, en ese sentido, también perdieron.

Por el otro lado, fue sancionado institucionalmente. El Tribunal de Disciplina le aplicó una multa económica (400 mil dólares), que será debitado automáticamente del monto a recibir en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio. Además de un castigo leve de dos encuentros a puertas cerradas en el estadio Monumental para las futuras competencias. 

El fútbol argentino (y el sudamericano) es el otro gran derrotado de esta superfinal. La final de la Copa Libertadores, que desde el año próximo tendrá una sede neutral en territorio sudamericano -Santiago de Chile en 2019-, se mudará a otro continente.

Alejandro Domínguez, presidente de la Conmebol, barajó las posibilidades de Asunción, Medellín, Miami (todavía en suelo americano), Doha y París pero fue finalmente Madrid la ciudad elegida, según confirmó el máximo dirigente del fútbol sudamericano minutos después de la comunicación de los fallos.

El fallo fue resuelto luego de la votación que realizaron los 3 integrantes del Tribunal de la Conmebol, Eduardo Gross Brown (Paraguay), Amarilis Belisario (Venezuela) y Cristóbal Valdés (Chile), dado que el argentino Diego Carlos Hernán Pirota no estaba apto para emitir el sufragio por tener la misma nacionalidad que los clubes afectados y contar con un pasado como socio de Darío Richarte, secretario general de Boca y ex integrante de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) durante el gobierno de Fernando de la Rúa.

En tanto, el miembro restante, el brasileño Antonio Carlos Meccia, fue el elegido por el azar para que no emita su voto, ya que se requería un número impar de los representantes del Tribunal.

El comunicado 

El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus  próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019.
En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas:

a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la Asociación del Fútbol Argentino.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.

g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.)

h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000 (CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y
siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia
bancaria.

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