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Dudas sobre cuándo hay que jubilarse

Sabado, 15 de diciembre de 2018 00:00

Norma Lescano (Capital). Tengo 64 años y trabajo en comercio. ¿Hasta qué edad puedo seguir trabajando?, todavía no quisiera jubilarme porque tengo un hijo estudiando en la universidad y necesito el dinero para ayudarlo.

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Norma Lescano (Capital). Tengo 64 años y trabajo en comercio. ¿Hasta qué edad puedo seguir trabajando?, todavía no quisiera jubilarme porque tengo un hijo estudiando en la universidad y necesito el dinero para ayudarlo.

Norma: muchas trabajadoras que están llegando a los 60 años tienen esta duda, y también su misma preocupación. ¿A qué edad me pueden intimar para que me jubile? Al respecto hubo una reforma reciente. Hace un año se modificó el artículo 252§ la Ley de Contrato de Trabajo N§ 20.744 (LCT). La intimación para que se jubile el trabajador (ya sea hombre o mujer), que antes podía enviarse a la edad de 65 años, ahora puede hacerse solo cuando cumpla los 70, siempre y cuando el empleado o empleada acredite 30 años de servicios con aportes necesarios para acceder al beneficio jubilatorio. A partir de la intimación, el trabajador conserva su empleo hasta que se resuelva su trámite de jubilación, y por un plazo máximo de 1 año.

Esta posibilidad de continuar trabajando hasta los 70 años no se extiende al empleo público. Por ejemplo, en el caso de los empleados del Gobierno de Salta pueden ser intimados a jubilarse ya a los 60 años las mujeres y 65 los hombres, en caso de que ya tengan los años de servicios necesarios. Lo cierto es que Ud., Norma, podrá seguir trabajando unos años más.

Ramón Sánchez (El Bordo). Estoy próximo a cumplir 65 años. De joven empecé a trabajar en la administración pública, en Formosa, y completé casi 21 años ahí. Ahora, hace un tiempo ya que estoy como trabajador independiente. Quería que me oriente como tramitar la jubilación.

Buen día Ramón. La provincia de Formosa tiene una caja previsional propia que administra los aportes y contribuciones de sus empleados públicos. Ahí seguramente se han registrado los 21 años aportes que comenzó a hacer de joven. El resto de los aportes, los más actuales, como trabajador autónomo, deben figurar en el sistema nacional que administra la Anses.

La normativa prevé que se realicen los trámites de jubilación en la caja donde tenga más años aportados, en su caso deberá comenzar los trámites en Formosa. Le facilito un teléfono gratuito de la Caja de Previsión Social de Formosa: 0800 - 888 9911.

Le sugiero que previamente vaya tramitando un reconocimiento de servicios en Anses porque seguramente necesitará presentar documentación que acredite sus aportes al sistema nacional. Para gestionarlo debe presentarse con un turno en Anses y llevar la documentación respaldatoria que tenga. Este trámite de reconocimiento de servicios finaliza con una resolución firmada por el organismo previsional que luego podrá presentar en la Caja Previsional de Formosa.

Osvaldo Pastrana (Orán). Hace años cobro mi sueldo en el mismo banco. Ahora me jubilé y me informan que me asignaron otro banco. ¿Cómo puedo hacer para volver a mi banco de siempre?

Osvaldo: si ya le asignaron un banco, debe cobrar la primera jubilación en esa entidad. Luego puede pedir el cambio a cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por Anses para efectuar los pagos. Para el trámite, una alternativa es hacerlo a través de internet en www.anses .gob.ar sección "Mi ANSES" (necesitará clave de la seguridad social "nivel 3", es decir, habilitada presencialmente en una oficina de Anses), o bien en una oficina del organismo donde deberá presentar el Formulario PS 6.37 - Solicitud cambio agente pagador. Tenga presente Osvaldo que el trámite no es inmediato sino que demora entre 30 y 60 días.

 

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