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Aborígenes, impostores y violencia

La legislación para los pueblos indígenas fue convertida en una caricatura por los abusos, la arbitrariedad y el clientelismo; las usurpaciones de tierras generan un clima preocupante en los valles. 
Sabado, 24 de febrero de 2018 22:29

La cuestión aborigen era una materia de la que, hasta hace poco tiempo, no se hablaba. Parece que las noticias del tema surgiesen de los conflictos, incluso armados, de los que nadie se hace cargo, y que se siguen sucediendo por los valles de Salta sin que nadie los resuelva desde hace más de diez años. 
Cuando empezó a crecer la frontera agrícola y el aprovechamiento de recursos naturales, muchos arrenderos o vecinos pasaron a enfrentar una lucha por la tierra nunca antes vista. Salta se posicionó así como la que mayor número de conflictos presenta en el NOA. Se destinaron millones y millones para hacer relevamientos territoriales que nunca se hicieron o se hicieron mal. La plata nadie sabe a dónde fue.

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La cuestión aborigen era una materia de la que, hasta hace poco tiempo, no se hablaba. Parece que las noticias del tema surgiesen de los conflictos, incluso armados, de los que nadie se hace cargo, y que se siguen sucediendo por los valles de Salta sin que nadie los resuelva desde hace más de diez años. 
Cuando empezó a crecer la frontera agrícola y el aprovechamiento de recursos naturales, muchos arrenderos o vecinos pasaron a enfrentar una lucha por la tierra nunca antes vista. Salta se posicionó así como la que mayor número de conflictos presenta en el NOA. Se destinaron millones y millones para hacer relevamientos territoriales que nunca se hicieron o se hicieron mal. La plata nadie sabe a dónde fue.

Dos modos de ser originario

Coexisten en Salta dos formas de ser aborigen:
 * Los que realmente viven en comunidad de manera ancestral, conservan sus costumbres, idioma, y uno que otro elemento cultural de aquellos pueblos que vivieron antes de la conquista incaica/española. * Los que vieron una oportunidad de autodeterminarse originario para acceder a beneficios incalculables como tierras, exenciones fiscales, planes sociales, etc., y que no tienen ni un pelo de aborigen. El peligro es que ambos son tratados por igual y con protección legal.
Existe una disputa constante entre personas que se arrogan unilateralmente la condición de ser aborigen y con ello poder apropiarse de una tierra, frente a propietarios con todos los papeles de ley que se adjudican la misma calidad de dueño. Unos por supuesta posesión aborigen ancestral, otros por ser titulares de derechos registrales y posesorios. Todos sobre una misma tierra. La hostilidad es inevitable.

La ley y la trampa

La norma para pueblos originarios otorga ciertos derechos sobre las tierras que ancestralmente poseen, para que aquellas comunidades genuinas que vienen habitando allí no puedan ser desalojadas, y el Estado paralelamente inicie un procedimiento de expropiación de esa tierra para entregárselas, o bien sean trasladados a otras aptas y suficientes para el desarrollo de la comunidad.
El problema no son los reales y genuinos pueblos ancestrales, sino los impostores de los que nadie habla, y se los sigue tratando a ambos por igual. Innumerables personas y grupos por toda la provincia se adjudicaron ser comunidades originarias, y con ese pretexto ocuparon y saquearon tierras. Casos de evidencia de lo antes dicho son las condiciones de contienda tanto legal como física que enfrenta a supuestos indígenas con legítimos propietarios en los Valles Calchaquíes de La Poma, Seclantás, Cachi, Cafayate. 

¿Quién es quién?

La lógica legal y el sentido común nos diría que se siga el procedimiento de reconocimiento (declarativo) de una comunidad originaria, para luego relevar las tierras que ancestralmente se ocupan, y proceder a las expropiaciones correspondientes. Pero pareciera que nada de eso se hiciese. Muchas personas consideran que con el simple hecho de la creencia o firme autorreconocimiento de ser originario/aborigen ya pueden usar y gozar heredades ajenas.
El desafío, sin embargo, sigue siendo cumplir con la normativa que exige que esas personas “desciendan de poblaciones que habitaban en el país en la época de la conquista o la colonización, y que conserven todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas” (Art. 1.b del Convenio 169 de la OIT, adoptado por ley nacional Nº 24.071).
 
De no creer

Ese es el criterio objetivo, que básicamente significa que no basta con creerse aborigen, es necesario serlo, y se deben impulsar los mecanismos de control mediante estudios antropológicos, genealógicos, etc., o caso contrario surgirán comunidades falsas a mansalva, con fines exclusivamente de lucro.
Piense Ud., querido vecino, que para obtener una licencia de conducir debe demostrarle al Estado que sabe conducir mediante exámenes y pruebas varias. Si Ud. tiene un pariente discapacitado sabrá lo engorroso que son los trámites de curatela, y otros para obtener algún reconocimiento y beneficio del Estado, le llevará años en estudios e informes médicos. Del mismo modo para acceder a jubilaciones, pensiones, o algún subsidio. Lo mismo con cada cosa, cada vez que Ud. desea hacerse acreedor de un derecho o beneficio debe demostrarle al Estado que cumple las condiciones para poder hacerlo. Sin embargo la única y sola excepción a esta regla es creerse o autodeterminarse aborigen. El criterio del autorreconocimiento nos ha llevado a creer que quien cuestiona la legitimidad o fraude de una comunidad aparentemente falsa, comete discriminación. Conclusión, quien las controla? 

Un precipicio institucional

Si uno quiere andar por la vida diciendo que es aborigen, puede hacerlo, es libre de ello, pero si a partir de ello se derivan otros efectos legales, como considerarse dueño de la propiedad de otro, y ese otro cuestiona su condición de originario, en base a la historia, su genealogía o sus costumbres, tratarlo de fóbico o discriminador, no resulta serio. 
Se ha tildado de racista a todo aquel que ha querido cuestionar las estafas que cometen falsos aborígenes, personas inescrupulosas que se aprovechan de la situación y usurpan fincas, sin que nadie las señale y detenga.

Existen innumerables grupos que no resisten ni el menor análisis histórico, antropológico o genealógico, y sin embargo se encuentran protegidos por el derecho aborigen. Cuando el INAI realizó, de la noche a la mañana, un estudio sobre la comunidad diaguita de Las Pailas en Cachi, determinó la cultura ancestral en base a que dichas personas siguen los ritos de la Pachamama (deidad Incaica y no diaguita), y porque se realizan como un rito “asados” y “fiestas” (Expte. 204/12, Juzgado Federal Penal de Salta). 

La deuda de la Justicia

Si se cumpliese con ambos criterios, subjetivos y objetivos, estaríamos frente a una auténtica comunidad ancestral. Pero la realidad evidencia otra cosa. La Justicia no desaloja a quien usurpa u ocupa ilegítimamente una tierra o propiedad privada cuando esa persona dice ser aborigen. Con solo arrogarse serlo y con algún que otro papel que los abogados saben manejar, parece ser suficiente. Existe una exacerbación del “autorreconocimiento aborigen” que nos ha llevado al absurdo y la ilegalidad manifiesta. 

Durante la gestión del gobierno nacional anterior, hubo una arbitraria implementación de la Ley 26.160 (que prohíbe desalojo de genuinas comunidades ancestrales) por parte de los órganos estatales competentes en la materia, en lo que respecta a: 

 Sin control: la determinación de las condiciones que deben exigirse para reconocer a una comunidad aborigen como tal, y como originaria o propietaria ancestral. No se exige ni controla nada. 

 Autodeterminación: se abusa del concepto de “autodeterminación”, y existe control alguno sobre eventuales y reiteradas estafas, sin un mínimo criterio antropológico, genealógico, etc. Cualquiera es aborigen.

 Clientelismo: el otorgamiento indiscriminado de personerías jurídicas, y el manejo ultra político de ello;

 Comunidades ficticias: la aceptación de representación de las supuestas comunidades por personas que no acreditan ningún título formal ni condiciones particulares; 

Arbitrariedad: la determinación geográfica de las zonas de “uso ancestral”; etc., ha originado que grupos de personas de manera abusiva, invocando ser integrantes de supuestas comunidades de aborígenes, haya obstaculizado con sus reclamos de tierras, el normal uso y goce de las propiedades privadas durante años (2010 en adelante), situación ésta que aún hoy se mantiene y que genera, evidentemente, graves daños económicos. Mantiene beligerante tierras altamente productivas y afecta a la paz de los pueblos.

Efectos contraproducentes

¿Se está protegiendo a los pueblos ancestrales?, ¿o se provoca el efecto contrario? La realidad habla por sí sola. Esta situación no contribuye al derecho, no contribuye a la paz, sino al conflicto, y al mantenimiento interminable de tierras improductivamente beligerantes, afectando la tranquilidad de los Valles Calchaquíes. Atentando contra los principios de unión nacional, afianzamiento de justicia, paz interior, bienestar general, todos consagrados en el preámbulo constitucional, y claramente contra el art. 16, 17 y 18, que establecen la igualdad, la propiedad y debido proceso.

¿Ayuda esta forma a los pueblos aborígenes? Se aumentó la desconfianza, y perjudicó el diálogo trabajosamente construido entre los pueblos.

Esta Ley (26.160) buscaba que no se desalojen injustamente a reales comunidades originarias que ocupen ancestralmente las tierras en cuestión. Muy poco de eso sucedió. Muchos aprovecharon. Y los que antes fueran punteros políticos, ahora devendrían en caciques comunitarios. Se abusó de los relevamientos de tierras de pueblos ancestrales en Salta. Sin criterio alguno abarcaron tierras a mansalva. 

El saqueo

 Por dar un ejemplo, según relevamientos y proyectos en la localidad de Cachi, el 20% del territorio cacheño es ahora pretendido por comunidades de dudosa legitimidad, nacidas muy de pronto cuando se vislumbraron los beneficios, según cuentan los propietarios afectados. Solo para la supuesta Comunidad Las Pailas 2 de Cachi nos costará una módica suma de 150.000.000 dólares. Dinero que el estado salteño no tiene. Estos grupos de inescrupulosos lo único que han logrado es defraudar al Estado provincial, perjudicar a propietarios usurpados, y ensuciar el buen espíritu de la normativa protectora de los derechos de pueblos originarios. 

¿Las consecuencias de ello?: cualquiera puede autodeterminarse aborigen; nadie controla si estamos frente a una real comunidad aborigen o un fraude; cualquiera puede ocupar tierras, y no se controla la ancestralidad de la ocupación, y no se da participación a los reales propietarios como lo exige la Constitución de Salta. Inmediatamente se acogen a beneficios económicos, y evitan desalojos.

Escudarse en normativa aborigen para cometer todo tipo de actos ilícitos se está volviendo algo común, y la norma no resuelve estos asuntos. 

El desafío seguramente será traer claridad y devolver la paz perdida, porque la imprecisión no favorece a nadie. Alguien seguro perderá, frente a quien resulte triunfador. Pero ¿quién asumirá el costo de todo ello?

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