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Promueven tarifa especial de energía para Anta, Rivadavia, Orán y San Martín

El proyecto de ley figura en la agenda de Diputados para la sesión de hoy. La Cámara Baja debatirá sobre impuestos que tributan concesionarias de vehículos.
Martes, 10 de abril de 2018 00:00

Desde la Cámara de Diputados se impulsa una ley con el fin de establecer una tarifa especial de energía para los departamentos Anta, Rivadavia, Orán y San Martín, zonas de condiciones geográficas y climáticas con altas temperaturas en época estival.
La autora del proyecto, la diputada por Anta Beatriz Navarro (PV), sostiene que se busca establecer un criterio de razonabilidad y equidad para los usuarios de energía eléctrica de los departamentos citados.

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Desde la Cámara de Diputados se impulsa una ley con el fin de establecer una tarifa especial de energía para los departamentos Anta, Rivadavia, Orán y San Martín, zonas de condiciones geográficas y climáticas con altas temperaturas en época estival.
La autora del proyecto, la diputada por Anta Beatriz Navarro (PV), sostiene que se busca establecer un criterio de razonabilidad y equidad para los usuarios de energía eléctrica de los departamentos citados.


“Comparando los consumos de los usuarios de otras regiones de la provincia, los habitantes de estos departamentos, en los que superan los 40º C al menos cinco meses al año, tienen consumos por encima de la media provincial, unos 350kwh/mes”, fundamenta Navarro.

Concesionarias 

Los diputados también debatirán hoy un proyecto enviado por el Ejecutivo para modificar la ley impositiva 6611 y el Código Fiscal en lo relativo a los impuestos a las actividades económicas y de sellos que tributan empresas concesionarias de vehículos.
La medida prevé que la base imponible en el impuesto a las actividades económicas “será la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de vehículos 0 Km y que se aplique el impuesto de sellos a la venta de ese tipo de vehículos, sean nuevos o usados”, señala el mensaje que acompaña al proyecto.

 

Agrega que “a los fines de la base imponible, se presumirá sin admitir prueba en contrario, que el margen comisional será del 15% y sobre dicho monto se aplicará una alícuota del 15% y el resultado obtenido será el impuesto a ingresar”. Sobre el impuesto de sellos, “se aplicará la alícuota del 2,5%, similar a la utilizada para la compra venta de inmuebles”. El Ejecutivo agrega que la medida que se propicia emerge de la inquietud planteada en reuniones desarrolladas en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, donde los fiscos provinciales expusieron la necesidad de adecuar la normativa tributaria local a las normas del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Ello, en atención a lo reglado en su artículo 1.507. También menciona diversas provincias que ya modificaron sus leyes impositivas, tomando como base imponible el “margen comisional”.
 

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