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Río Tercero: el móvil absurdo

Sabado, 21 de abril de 2018 00:00

La sentencia dictada por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N§2 de Córdoba por el estrago del año 1995 de la Fábrica Militar de Río Tercero es el mejor documento del estado indigente en que se encuentra el servicio de justicia de la Argentina. Todo indica que en el juicio de Río Tercero se inventó un móvil para que cierre la hipótesis del atentado y desvirtuar la del accidente. El "móvil" de la explosión de la fábrica, por el que fueron acusados y condenados cuatro militares dice exactamente así: "Todo ello se habría efectuado con el objeto de ocultar un faltante de proyectiles, municiones y/o explosivos,..." (los que habrían sido vendidos a Croacia y Ecuador). La pericia de la Policía Federal, sustanciada a escasos días de la explosión, concluyó que se trataba de un accidente. El conjuez Diego Estévez falló que se trataba de un accidente y no de un atentado. Acto seguido, el presidente Néstor Kirchner descalificó el fallo, el juez Estévez fue apartado de la causa y el fallo declarado nulo.

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La sentencia dictada por los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N§2 de Córdoba por el estrago del año 1995 de la Fábrica Militar de Río Tercero es el mejor documento del estado indigente en que se encuentra el servicio de justicia de la Argentina. Todo indica que en el juicio de Río Tercero se inventó un móvil para que cierre la hipótesis del atentado y desvirtuar la del accidente. El "móvil" de la explosión de la fábrica, por el que fueron acusados y condenados cuatro militares dice exactamente así: "Todo ello se habría efectuado con el objeto de ocultar un faltante de proyectiles, municiones y/o explosivos,..." (los que habrían sido vendidos a Croacia y Ecuador). La pericia de la Policía Federal, sustanciada a escasos días de la explosión, concluyó que se trataba de un accidente. El conjuez Diego Estévez falló que se trataba de un accidente y no de un atentado. Acto seguido, el presidente Néstor Kirchner descalificó el fallo, el juez Estévez fue apartado de la causa y el fallo declarado nulo.

Ahora bien, en la causa por el "Contrabando y Venta de Armas" (por la que fueron procesados y condenados Menem y otros) el delito que se imputa no es el "robo" de armas y municiones sino el destino prohibido que se les dio a estas y las supuestas coimas pagadas por dicha operación.

Por lo general, los estados que fabrican armas de guerra también venden dichas armas a otros estados. Es también costumbre que operaciones de compraventa de este tipo se hagan en secreto. Ello, obviamente, no quiere decir que estas no queden registradas en documentos oficiales. De allí que, si la venta y los productos estaban asentados y firmados por las autoridades respectivas entonces, no había nada que ocultar. Las armas y las municiones fueron vendidas y entregadas; a cambio, se recibió dinero; el cual también quedó registrado. Lo que sí debía ocultarse, dado que tratados internacionales que habíamos suscripto lo prohibían, era que habían sido vendidas a Croacia y Ecuador y no a Panamá y Venezuela. Luego, volar la Fábrica Militar de Río Tercero no contribuía en nada a sostener que fueron vendidas a Panamá y Venezuela. Es ridículo esconder aquello que en los libros contables de la empresa estatal Fabricaciones Militares figuraba como vendido y entregado. De allí, que el móvil invocado por Ministerio Público Fiscal para sustentar la hipótesis del atentado es grotesco. Más grave todavía es que el Tribunal Oral Federal haya condenado bajo esa premisa absurda y que, por ello, cuatro inocentes marchen presos.

 

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