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Sin límites de plazos ni declaración jurada

Pese a planteos de objeción de conciencia, Salud asegura que garantizará la práctica.
Viernes, 25 de mayo de 2018 00:00

El protocolo nacional al que adhirió ayer la Provincia de Salta plantea que el aborto no punible se puede hacer en cualquier etapa del embarazo y sin una declaración jurada ante funcionarios del Ministerio Público, cuando el embarazo fue producto de una violación o cuando está en riesgo la vida o la salud -tanto física como psíquica- de la persona gestante.

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El protocolo nacional al que adhirió ayer la Provincia de Salta plantea que el aborto no punible se puede hacer en cualquier etapa del embarazo y sin una declaración jurada ante funcionarios del Ministerio Público, cuando el embarazo fue producto de una violación o cuando está en riesgo la vida o la salud -tanto física como psíquica- de la persona gestante.

Desde la Provincia explicaron que la mujer, la niña o la persona gestante puede presentarse ante el equipo de salud y solicitar el aborto no punible. Basta que esta manifieste el deseo de hacerlo, en las situaciones que contempla el artículo 86 del Código Penal.

Cuando se detecte esta situación en el ámbito de la salud, los trabajadores deberán informarla sobre la normativa vigente.

Información

"Si toma contacto con otra institución que no sea agente de salud, debe brindársele la información para que se haga (la práctica) sin el límite del plazo y sin la necesidad de hacer una declaración jurada ante un funcionario del Ministerio Público", explicó la subsecretaria de Políticas de Género de la Provincia, Rosaura Gareca.

"Hay que asesorarla debidamente a la mujer, a la niña o a la persona que está gestando sobre todas sus posibilidades y brindarle la información de como sería todo lo que tenga que ver con la interrupción legal del embarazo y que pueda tomar una decisión libre e informada", aclaró.

El protocolo al que debe remitirse la Provincia a partir de ayer se creó en 2010 pero en 2015 se adecuó al fallo FAL de la Corte Suprema, por lo que esta versión es la que se toma como referencia. Luego, en 2016, fue modificado, tras la aprobación del Código Civil y Comercial de la Nación. En el enlace http://bit.ly/protocolo anp se puede encontrar el documento oficial.

Las diferencias

Tras el anuncio súbito de la firma del decreto 548, que derogó el polémico 1170, desde la Provincia aseguraron a El Tribuno que venían trabajando en "eventuales modificaciones" al viejo protocolo: "Es algo en lo que se venía trabajando pero por supuesto que el impulso mayor fue el caso de la niña de 11 años embarazada", reconoció Gareca.

A partir de la adhesión al protocolo nacional, Gareca manifestó que "la voluntad de ambos ministerios (Salud Pública y Gobierno, Derechos Humanos y Justicia) y del gobernador de la Provincia de Salta es garantizar el derecho a las personas a la interrupción legal del embarazo, en los supuestos del artículo 86 del Código Penal". Aseguró que buscan "brindar no solo el acceso a la práctica sino también todo el acompañamiento anterior y posterior y una asistencia integral a las víctimas y a sus familias". Además, anunció que "el Gobierno va a acompañar con todo un proceso de sensibilización y capacitación".

Gareca aseguró que el Ministerio de Salud Pública va a garantizar este derecho, "más allá de que existan objetores y objetoras de conciencia. Esa objeción es siempre personal y nunca institucional, por lo que el Ministerio de Salud garantiza el acceso y las prácticas con profesionales que no tengan objeción de conciencia".

La funcionaria opinó que esta cartera tiene "un gran desafío en la aplicación de este protocolo" porque se necesitará "mucho trabajo con los operadores de salud".

 

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